Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcollarín. (BOP-2025-1364)
BOP-2025-1364 Rectificación convocatoria de concurso para la constitución de una bolsa de empleo de Auxiliar Administrativo/a de Administración General para nombramientos interinos
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Ayuntamiento de Alcollarín
Ayuntamiento de Alcollarín
C/ Guadalupe, 1, Alcollarín. 10135 (Cáceres). Tfno. 927340816. Fax: 927168086
los plazos establecidos en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público. En este supuesto podrá permanecer hasta la resolución de la convocatoria, sin que
su cese dé lugar a compensación económica.
DUODÉCIMA. Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones
contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio
de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
DECIMOTERCERA. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los
interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-
administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres
o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación de su
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases será de aplicación la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre;, la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del
Régimen Local; el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con carácter supletorio.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
Cód.
Validación:
3AQFEZXRZ3JETWDANKFL4SWW2
Verificación:
https://alcollarin.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2025-1364
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en:
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Miércoles, 26 de marzo de 2025
N.º 0059
Pág. 6610
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los plazos establecidos en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público. En este supuesto podrá permanecer hasta la resolución de la convocatoria, sin que
su cese dé lugar a compensación económica.
DUODÉCIMA. Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones
contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio
de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
DECIMOTERCERA. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los
interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-
administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres
o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación de su
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases será de aplicación la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre;, la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del
Régimen Local; el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con carácter supletorio.
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