Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Jerte. (BOP-2025-1361)
BOP-2025-1361 Bases selección por concurso-oposición libre de un plaza de Peón Encargado/a de Servicios Múltiples mediante contrato laboral indefinido.
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Solicitud de participación en el proceso selectivo. Según Anexo II
Fotocopia del DNI.
Fotocopia del carnet de conducir C y CAP.
Fotocopia de la titulación exigida.
Fotocopia de los documentos que acrediten estar en posesión de los méritos alegados a
la fase de concurso.
Las fotocopias no tienen que estar compulsadas, el aspirante seleccionado, antes de la firma
del contrato, presentará los originales de la documentación para su comprobación de acuerdo
con la base 9
Las instancias se dirigirán a la Presidencia de la Mancomunidad y se presentarán en el
Registro General de ésta, sito en Paraje Virgen de Peñas Albas S/N 10610 Cabezuela del
Valle, Cáceres. También se podrá presentar en la forma que determina el art. 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
En cualquier momento el Tribunal Selectivo constituido al efecto, podrá requerir del aspirante
cualquier documentación que considere complementaria, así como los originales de los méritos
valorados en el “Currículum Vitae”
6. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES.
6.1.- Expirado el plazo de presentación de Instancia el Sr. Presidente dictará resolución en el
plazo máximo de cinco días declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
Dicha resolución se publicará en el Tablón de Anuncios de la Mancomunidad del Valle del Jerte
y en el todos los Ayuntamientos mancomunados y contendrá relación nominal de aspirantes
excluidos con sus correspondientes D.N.I., e indicación de las causas de exclusión y plazo de
subsanación de los defectos así como el lugar donde se encuentran expuestas al público las
listas certificadas y completas de los aspirantes admitidos y excluidos.
6.2.- Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de
los interesados, de conformidad con lo dispuesto en el art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.3.- Son causas de exclusión la falta de la documentación justificativa de la identidad del
aspirante, de la titulación académica exigida, del pago de la tasa por derechos de examen o no
firmar el Anexo I (Solicitud de instancia). Sin perjuicio de cualquier otra que se pueda derivar de
la concurrencia al proceso selectivo que determine el no cumplimiento de los requisitos
exigidos.
CVE:
BOP-2025-1361
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de marzo de 2025
N.º 0058
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