Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2025-1352)
BOP-2025-1352 Convocatoria Subvenciones Asociaciones deportivas y la bases por las que se rige dicha convocatoria para el año 2025.
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y forma de concesión que se dará a conocer en el momento organizativo
preciso.
Las asociaciones o clubes deportivos beneficiarios de estas subvenciones
están obligados a permitir la participación, e invitar a participar en la
actividad, a todos aquellos deportistas, equipos, asociaciones y clubes
deportivos de la localidad que practiquen el deporte objeto del evento.
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior, se
procederá a la devolución de la cuantía subvencionada. Esta devolución
podrá realizarse mediante retención de la parte correspondiente en una
cuantía que deba percibir el club o asociación deportiva infractor, incluso
en diferente ejercicio económico.
Las subvenciones concedidas con cargo a este Programa, deberán ser
justificadas exclusivamente en concepto de adquisición de material
deportivo, trofeos y medallas, abono de seguros, mutualizaciones, abono
de gastos de seguridad (médicos, ambulancias, farmacia, etc.) y/o pagos
legales de arbitrajes y colaboraciones.
Se dará mayor importancia a la celebración de eventos de mayor
envergadura territorial.
-. Programa C: Selección de deportistas locales por parte de las federaciones
deportivas extremeñas o españolas.
Se otorgará una beca a todos los deportistas empadronados en
Moraleja y que pertenezcan a un club deportivo local registrado en la
Dirección General de Deportes de la Junta de Extremadura por ser
seleccionado para formar parte de la respectiva Selección Territorial o
Nacional y participar en campeonatos de España, Europeos o
Mundiales.
Podrán solicitar, además, esta beca aquellos deportistas
empadronados en Moraleja y pertenezcan a un club deportivo no
local, siempre y cuando no exista en Moraleja club y/o equipo
de este deporte, o en esa categoría y/o división concreta.
Esta beca se otorgará para gastos no imputables a becas o
subvenciones otorgadas por otras entidades, para lo cual aportará
declaración jurada según ANEXO VI.
Artículo 4. Beneficiarios y requisitos que han de cumplir.
Las entidades solicitantes deberán acreditar dentro del plazo de presentación
de solicitudes el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13
de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y en la Base
32.1 de los Presupuestos Generales del Excmo. Ayuntamiento de Moraleja
(publicado en el BOP de Cáceres Nº 13 de fecha de 21 de enero de 2025), y en
concreto los siguientes:
1.- Figurar inscritas en el Registro General de Entidades Deportivas de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en las modalidades deportivas para las
que soliciten la ayuda.
3
Cód.
Validación:
59PCGWXRSZRREYNW47WRSARWN
Verificación:
https://moraleja.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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3
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13
CVE:
BOP-2025-1352
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de marzo de 2025
N.º 0058
Pág. 6538
preciso.
Las asociaciones o clubes deportivos beneficiarios de estas subvenciones
están obligados a permitir la participación, e invitar a participar en la
actividad, a todos aquellos deportistas, equipos, asociaciones y clubes
deportivos de la localidad que practiquen el deporte objeto del evento.
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior, se
procederá a la devolución de la cuantía subvencionada. Esta devolución
podrá realizarse mediante retención de la parte correspondiente en una
cuantía que deba percibir el club o asociación deportiva infractor, incluso
en diferente ejercicio económico.
Las subvenciones concedidas con cargo a este Programa, deberán ser
justificadas exclusivamente en concepto de adquisición de material
deportivo, trofeos y medallas, abono de seguros, mutualizaciones, abono
de gastos de seguridad (médicos, ambulancias, farmacia, etc.) y/o pagos
legales de arbitrajes y colaboraciones.
Se dará mayor importancia a la celebración de eventos de mayor
envergadura territorial.
-. Programa C: Selección de deportistas locales por parte de las federaciones
deportivas extremeñas o españolas.
Se otorgará una beca a todos los deportistas empadronados en
Moraleja y que pertenezcan a un club deportivo local registrado en la
Dirección General de Deportes de la Junta de Extremadura por ser
seleccionado para formar parte de la respectiva Selección Territorial o
Nacional y participar en campeonatos de España, Europeos o
Mundiales.
Podrán solicitar, además, esta beca aquellos deportistas
empadronados en Moraleja y pertenezcan a un club deportivo no
local, siempre y cuando no exista en Moraleja club y/o equipo
de este deporte, o en esa categoría y/o división concreta.
Esta beca se otorgará para gastos no imputables a becas o
subvenciones otorgadas por otras entidades, para lo cual aportará
declaración jurada según ANEXO VI.
Artículo 4. Beneficiarios y requisitos que han de cumplir.
Las entidades solicitantes deberán acreditar dentro del plazo de presentación
de solicitudes el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13
de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y en la Base
32.1 de los Presupuestos Generales del Excmo. Ayuntamiento de Moraleja
(publicado en el BOP de Cáceres Nº 13 de fecha de 21 de enero de 2025), y en
concreto los siguientes:
1.- Figurar inscritas en el Registro General de Entidades Deportivas de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en las modalidades deportivas para las
que soliciten la ayuda.
3
Cód.
Validación:
59PCGWXRSZRREYNW47WRSARWN
Verificación:
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Martes, 25 de marzo de 2025
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