Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2025-1351)
BOP-2025-1351 EXTRACTO. Bases X Rally Fotográfico Moraleja, Una Imagen.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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La organización del concurso no se hace responsable de aquellas imágenes que se entreguen
por los/as participantes y que pudieran violar los derechos de autor/a de terceros; siendo
aquellos/as los/as únicos/as responsables en caso de reclamación.
5. JURADO.
1.- La selección y concesión de los premios del Concurso se realizará a propuesta de un
Jurado nombrados por Resolución de Alcaldía y estará constituido de la siguiente forma:
Presidente/a. Concejal/a Área de Turismo del Excmo. Ayuntamiento de Moraleja.
Vocales. Dos personas vinculadas al municipio de Moraleja de reconocido prestigio
dentro del ámbito fotográfico, artístico y/o cultural.
Secretario/a. Secretario/a de la corporación o empleado/a público/a en quién delegue
(con voz pero sin voto) que levantará acta.
2.- El Jurado se constituirá y reunirá una vez que se haga pública mediante resolución de Junta
de Gobierno Local, que declarará admitida la lista de participantes presentados/as, al objeto de
emitir su fallo.
En primer lugar, comprobará una a una todas las obras presentadas para verificar el efectivo
cumplimiento de las condiciones establecidas en las presentes bases y, en consecuencia,
pronunciarse sobre su admisión definitiva.
3.- El Jurado, para formular su propuesta de concesión del premio, valorará además de la
concepción, su calidad gráfica o plástica, su eficacia anunciadora o informativa y sus
condiciones de reproducción.
4.- El Jurado podrá declarar desierto el premio en el caso de considerar que ninguno de los
trabajos presentados reúnan los méritos suficientes para ser premiados/as.
5.- Las decisiones del Jurado serán en todo caso inapelables. Los/as concursantes, por el mero
hecho de participar en este concurso renuncian expresamente al ejercicio de todo tipo de
reclamaciones contra las resoluciones del Jurado.
6.- El Jurado elevará al órgano municipal competente la propuesta del premio que corresponda
otorgar.
CVE:
BOP-2025-1351
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de marzo de 2025
N.º 0058
Pág. 6533
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La organización del concurso no se hace responsable de aquellas imágenes que se entreguen
por los/as participantes y que pudieran violar los derechos de autor/a de terceros; siendo
aquellos/as los/as únicos/as responsables en caso de reclamación.
5. JURADO.
1.- La selección y concesión de los premios del Concurso se realizará a propuesta de un
Jurado nombrados por Resolución de Alcaldía y estará constituido de la siguiente forma:
Presidente/a. Concejal/a Área de Turismo del Excmo. Ayuntamiento de Moraleja.
Vocales. Dos personas vinculadas al municipio de Moraleja de reconocido prestigio
dentro del ámbito fotográfico, artístico y/o cultural.
Secretario/a. Secretario/a de la corporación o empleado/a público/a en quién delegue
(con voz pero sin voto) que levantará acta.
2.- El Jurado se constituirá y reunirá una vez que se haga pública mediante resolución de Junta
de Gobierno Local, que declarará admitida la lista de participantes presentados/as, al objeto de
emitir su fallo.
En primer lugar, comprobará una a una todas las obras presentadas para verificar el efectivo
cumplimiento de las condiciones establecidas en las presentes bases y, en consecuencia,
pronunciarse sobre su admisión definitiva.
3.- El Jurado, para formular su propuesta de concesión del premio, valorará además de la
concepción, su calidad gráfica o plástica, su eficacia anunciadora o informativa y sus
condiciones de reproducción.
4.- El Jurado podrá declarar desierto el premio en el caso de considerar que ninguno de los
trabajos presentados reúnan los méritos suficientes para ser premiados/as.
5.- Las decisiones del Jurado serán en todo caso inapelables. Los/as concursantes, por el mero
hecho de participar en este concurso renuncian expresamente al ejercicio de todo tipo de
reclamaciones contra las resoluciones del Jurado.
6.- El Jurado elevará al órgano municipal competente la propuesta del premio que corresponda
otorgar.
CVE:
BOP-2025-1351
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de marzo de 2025
N.º 0058
Pág. 6533