Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2025-1350)
BOP-2025-1350 EXTRACTO. Bases Reguladoras "VI Maleta Viajera" Día del Libro 2025.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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● Segundo premio para el/a siguiente autor o autora del vídeo con el mismo
procedimiento anterior: un cheque de 50 euros para gastar en comercio local (no
hostelería).
5. COMPRA Y CANJEO DE LOS BONOS.
Ambos/as premiados/as podrán canjear sus bonos únicamente en los establecimientos de
Moraleja que no sean hostelería. En el momento de la compra se entregará el bono y sólo
podrá ser gastado en una misma compra, en fecha y lugar concreto, no pudiéndose acumular
en compras espaciadas en el tiempo.
Para que pueda ser aplicado el bono, antes del pago de la compra, el/a cliente deberá
presentar su DNI para confirmar que la identidad que consta en el DNI es la misma que la que
figura como titular del bono. Para gastar el bono descuento será necesario realizar una compra
igual o superior al valor del bono regalo. No se podrán acumular bonos de diferentes personas.
6. PLAZO DE CANJEO Y CONSUMO EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE MORALEJA.
El consumo de los bonos se podrá realizar en las compras realizadas hasta el 1 de junio de
2025 en cualquier tienda de Moraleja de ropa, calzado, deportes, complementos, perfumería o
librería.
7. PUBLICIDAD.
Las bases de este Concurso se harán públicas a través de los procedimientos habituales y de
las redes sociales del Ayuntamiento de Moraleja.
Moraleja, 18 de marzo de 2025
Soledad Tovar Iglesias
CONCEJALA DE CULTURA E IGUALDAD
CVE:
BOP-2025-1350
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de marzo de 2025
N.º 0058
Pág. 6530
procedimiento anterior: un cheque de 50 euros para gastar en comercio local (no
hostelería).
5. COMPRA Y CANJEO DE LOS BONOS.
Ambos/as premiados/as podrán canjear sus bonos únicamente en los establecimientos de
Moraleja que no sean hostelería. En el momento de la compra se entregará el bono y sólo
podrá ser gastado en una misma compra, en fecha y lugar concreto, no pudiéndose acumular
en compras espaciadas en el tiempo.
Para que pueda ser aplicado el bono, antes del pago de la compra, el/a cliente deberá
presentar su DNI para confirmar que la identidad que consta en el DNI es la misma que la que
figura como titular del bono. Para gastar el bono descuento será necesario realizar una compra
igual o superior al valor del bono regalo. No se podrán acumular bonos de diferentes personas.
6. PLAZO DE CANJEO Y CONSUMO EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE MORALEJA.
El consumo de los bonos se podrá realizar en las compras realizadas hasta el 1 de junio de
2025 en cualquier tienda de Moraleja de ropa, calzado, deportes, complementos, perfumería o
librería.
7. PUBLICIDAD.
Las bases de este Concurso se harán públicas a través de los procedimientos habituales y de
las redes sociales del Ayuntamiento de Moraleja.
Moraleja, 18 de marzo de 2025
Soledad Tovar Iglesias
CONCEJALA DE CULTURA E IGUALDAD
CVE:
BOP-2025-1350
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de marzo de 2025
N.º 0058
Pág. 6530