Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cilleros. (BOP-2025-1339)
BOP-2025-1339 Aprobación provisional Modificación Ordenanza Fiscal tasas licencias urbanísticas.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cilleros
ANUNCIO. Aprobación provisional Modificación Ordenanza Fiscal tasas
licencias urbanísticas.
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 20/03/2025, acordó la
aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal municipal reguladora de las
Tasas por utilización de los servicios de las las tasas por TASAS DE OTORGAMIENTO DE
LICENCIAS URBANÍSTICAS, debido a que no se no regula, de forma expresa, en dicha
Ordenanza, la Tasa por Otorgamiento de Licencias de Segregación, División o Similares, de
Fincas e Inmuebles Rústicos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día
siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los/as
interesados/as puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen
oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado/a en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los/as interesados/as en la sede electrónica de este
Ayuntamiento, cuya dirección es:
cilleros.sedelectronica.es
Dicha sede electrónica se encuentra incluida en la página web del Ayuntamiento cuya dirección
es:
www.ayuntamientodecilleros.es
CVE:
BOP-2025-1339
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de marzo de 2025
N.º 0058
Pág. 6508
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cilleros
ANUNCIO. Aprobación provisional Modificación Ordenanza Fiscal tasas
licencias urbanísticas.
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 20/03/2025, acordó la
aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal municipal reguladora de las
Tasas por utilización de los servicios de las las tasas por TASAS DE OTORGAMIENTO DE
LICENCIAS URBANÍSTICAS, debido a que no se no regula, de forma expresa, en dicha
Ordenanza, la Tasa por Otorgamiento de Licencias de Segregación, División o Similares, de
Fincas e Inmuebles Rústicos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día
siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los/as
interesados/as puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen
oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado/a en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los/as interesados/as en la sede electrónica de este
Ayuntamiento, cuya dirección es:
cilleros.sedelectronica.es
Dicha sede electrónica se encuentra incluida en la página web del Ayuntamiento cuya dirección
es:
www.ayuntamientodecilleros.es
CVE:
BOP-2025-1339
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de marzo de 2025
N.º 0058
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