Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Albalá. (BOP-2025-1331)
BOP-2025-1331 Pliego de Cláusulas Administrativas que regirá la adjudicación de 2 Licencias de Autotaxi.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Internacionales suscritos por España, no sea exigible el requisito de nacionalidad; o
contar con las autorizaciones o permisos de trabajo que, con arreglo a lo dispuesto en la
legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros y extranjeras en España,
resulten suficientes para amparar la realización de la actividad del transporte en nombre
propio.
Estar en posesión del permiso de conducir de clase B o superior a ésta, expedido por la
Jefatura de Tráfico.
No padecer enfermedad infecto-contagiosa o impedimento físico o psíquico que
imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión de conductor/a de auto-taxi.
Carecer de antecedentes penales.
No hallarse incurso/a en ninguna de las prohibiciones para contratar conforme al artículo
71 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
Hallarse al corriente en las obligaciones fiscales con la Hacienda Estatal, Autonómica y
Local y con la Seguridad Social.
Deberán asimismo acreditar las siguientes condiciones específicas:
Compromiso de aportar un vehículo de la categoría de turismo, con antigüedad inferior a
dos años y capacidad mínima de cinco plazas, debiendo figurar esta capacidad en la
documentación del vehículo.
Compromiso de aportar póliza de seguro para cubrir de forma ilimitada su
responsabilidad civil por los daños que causen con ocasión del transporte.
Compromiso de iniciar la actividad de prestación del servicio de transporte público
urbano con los vehículos afectados a dicha licencia en el plazo máximo de sesenta días
naturales contados desde la fecha de notificación de la adjudicación de la misma.
Compromiso de causar alta en el epígrafe de la Seguridad Social correspondiente de
actividad.
Acreditar, en el caso de las personas jurídicas, que los conductores que prestan los
servicios cumplen los requisitos exigidos por la normativa y este pliego.
Cuarta.- Presentación de instancias y publicidad.
Para la licitación de la concesión de licencia de taxi, no se exige la presentación de ofertas
utilizando medios electrónicos en favor de una mayor concurrencia, se busca facilitar la
participación de personas físicas que no poseen medios electrónicos debido a que no están
obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración Pública en aras de favorecer
el cumplimiento del principio de igualdad en la licitación. La solicitud para participar en el
concurso se formulará por el/la interesado/a ajustándose a los modelos descritos en este
Pliego (Anexo I), se presentará en el Ayuntamiento de Albalá en un sobre cerrado en horario de
CVE:
BOP-2025-1331
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de marzo de 2025
N.º 0058
Pág. 6487
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Internacionales suscritos por España, no sea exigible el requisito de nacionalidad; o
contar con las autorizaciones o permisos de trabajo que, con arreglo a lo dispuesto en la
legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros y extranjeras en España,
resulten suficientes para amparar la realización de la actividad del transporte en nombre
propio.
Estar en posesión del permiso de conducir de clase B o superior a ésta, expedido por la
Jefatura de Tráfico.
No padecer enfermedad infecto-contagiosa o impedimento físico o psíquico que
imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión de conductor/a de auto-taxi.
Carecer de antecedentes penales.
No hallarse incurso/a en ninguna de las prohibiciones para contratar conforme al artículo
71 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
Hallarse al corriente en las obligaciones fiscales con la Hacienda Estatal, Autonómica y
Local y con la Seguridad Social.
Deberán asimismo acreditar las siguientes condiciones específicas:
Compromiso de aportar un vehículo de la categoría de turismo, con antigüedad inferior a
dos años y capacidad mínima de cinco plazas, debiendo figurar esta capacidad en la
documentación del vehículo.
Compromiso de aportar póliza de seguro para cubrir de forma ilimitada su
responsabilidad civil por los daños que causen con ocasión del transporte.
Compromiso de iniciar la actividad de prestación del servicio de transporte público
urbano con los vehículos afectados a dicha licencia en el plazo máximo de sesenta días
naturales contados desde la fecha de notificación de la adjudicación de la misma.
Compromiso de causar alta en el epígrafe de la Seguridad Social correspondiente de
actividad.
Acreditar, en el caso de las personas jurídicas, que los conductores que prestan los
servicios cumplen los requisitos exigidos por la normativa y este pliego.
Cuarta.- Presentación de instancias y publicidad.
Para la licitación de la concesión de licencia de taxi, no se exige la presentación de ofertas
utilizando medios electrónicos en favor de una mayor concurrencia, se busca facilitar la
participación de personas físicas que no poseen medios electrónicos debido a que no están
obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración Pública en aras de favorecer
el cumplimiento del principio de igualdad en la licitación. La solicitud para participar en el
concurso se formulará por el/la interesado/a ajustándose a los modelos descritos en este
Pliego (Anexo I), se presentará en el Ayuntamiento de Albalá en un sobre cerrado en horario de
CVE:
BOP-2025-1331
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de marzo de 2025
N.º 0058
Pág. 6487