Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2025-1321)
BOP-2025-1321 Convocatoria de una plaza Dinamizador/a Turístico/a en Centros de Interpretación.
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Podrán, a iniciativa de cada Central Sindical, estar presentes en los Tribunales durante la
totalidad del proceso selectivo, en calidad de observadores, un representante de cada una de
las Centrales Sindicales con representación municipal, así como un representante de cada
Grupo Político representado el Ayuntamiento de Hervás, en los términos previstos en el R.D.
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público.
Cuando el procedimiento selectivo, por dificultad técnica o de otra índole, así lo aconsejare, el
Presidente del Tribunal podrá disponer incorporar al mismo, con carácter temporal, otro
personal que colabore, en el ejercicio de sus especialidades técnicas, bajo la dirección del
citado Tribunal.
Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará la
composición del Tribunal Calificador.
2.º Actuación del Tribunal: No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad
de sus miembros titulares o suplentes indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia
de Presidente/a y Secretario/a. En ausencia del Presidente/a le sustituirá el Vocal presente de
mayor jerarquía, antigüedad y edad por este orden.
Su actuación se ajustará a las bases de la convocatoria y resolverá, por mayoría de votos de
sus miembros presentes, las dudas y propuestas que surjan para su aplicación, así como las
cuestiones que se susciten durante las pruebas, adoptando las medidas necesarias para
garantizar el orden en las mismas.
Los componentes del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo, notificándolo a
la autoridad convocante, cuando se dé alguna causa de abstención o cuando, en el ámbito de
actividades privadas, hubiesen realizado tareas de formación o preparación de aspirantes a
pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente
convocatoria.
En todo lo no previsto en estas bases, será de aplicación al Tribunal Calificador lo dispuesto
para los órganos colegiados en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
SEXTA. ACTUACIÓN DE LOS ASPIRANTES, CONVOCATORIA DE LAS PRUEBAS Y
ANUNCIOS SUCESIVOS.
1.º Actuación de los aspirantes: El orden de actuación en los ejercicios que no se realicen
conjuntamente se determinará, antes del comienzo de cada ejercicio, mediante sorteo público.
CVE:
BOP-2025-1321
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de marzo de 2025
N.º 0057
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