Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2025-1255)
BOP-2025-1255 Resolución sobre Comunidad Ciudadana de Energía de Montehermoso.
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Ayuntamiento de Montehermoso
Dª. ROSA ISABEL GARRIDO HERNÁNDEZ, Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento
de Montehermoso, en uso de las atribuciones que me confiere la vigente legislación,
tengo a bien dictar la siguiente RESOLUCIÓN:
RESULTANDO que el Pleno del Ayuntamiento, en su sesión de 25 de
noviembre de 2024, acordó iniciar el expediente para el desarrollo de la actividad de
prestación de servicios energéticos, a través de una Comunidad ciudadana de energía.
RESULTANDO que la Comisión de estudio se constituyó formalmente en fecha
23 de enero de 2025, comenzando los trabajos de elaboración y aprobado el texto de la
memoria justificativa y el proyecto de precio en su sesión de 6 de marzo de 2025 para el
desarrollo de la actividad de prestación de servicios de energías renovables, a través de
una comunidad ciudadana de energía, bajo la fórmula jurídica de sociedad cooperativa
de consumidores y usuarios.
RESULTANDO que en la memoria técnica se justifican la conveniencia y
oportunidad del interés público que concurre en la prestación de servicios de energías
renovables (la generación, suministro, consumo, transporte y almacenamiento de
energías renovables, así como servicios de recarga energética, gestión económica y
técnica del sistema eléctrico y otros servicios energéticos), a través de una comunidad
ciudadana de energía, bajo la fórmula jurídica de sociedad cooperativa de consumidores
y usuarios.
RESULTANDO que en la memoria se incluye la justificación de los aspectos
sociales, jurídico, técnico y financiero para el desarrollo de la actividad a través de una
Comunidad ciudadana de energía y que se justifica el objetivo de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera de la inversión a realizar para la consecución
de los fines establecidos, mediante la instalación de una planta generadora de
autoconsumo fotovoltaico colectivo descrita en la memoria con conexión a la red
eléctrica, cuyo reparto se realizaría a través de la red de distribución existente en el
municipio.
En virtud de lo expuesto, y en uso de las competencias delegadas por el Pleno de
la Corporación Municipal, en su 25 de noviembre de 2024, en relación con lo dispuesto
en los artículos 86 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local y 97 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba
el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local
RESUELVO:
PRIMERO: Tomar en consideración la Memoria justificativa que se acompaña
como anexo I y el proyecto de precios que se acompaña como anexo II y que han sido
elaborados por la Comisión de Estudio constituida al efecto y cuyas conclusiones
acreditan la conveniencia y oportunidad del ejercicio de la actividad de prestación de
servicios energía renovable, a través de una comunidad ciudadana de energía, bajo la
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Cód.
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PHTHKG93MDC39E794Z22CQ4ZZ
Verificación:
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Miércoles, 19 de marzo de 2025
N.º 0054
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