Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Palomero. (BOP-2025-1218)
BOP-2025-1218 Bases para la provisión interina del puesto de Secretaría-Intervención de la agrupación de municipios Palomero-Marchagaz.
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3.2. El Tribunal estará compuesto por los titulares y los respectivos suplentes que
simultáneamente habrán de designarse.
3.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de la mitad
de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, siendo necesaria la presencia de la
Presidencia y de la Secretaría.
3.4. Las decisiones se adoptarán por mayoría.
3.5. La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será conforme con los artículos
23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con
notificación a la autoridad convocante.
3.6. El Tribunal quedará facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición, en
aquellos aspectos no previstos en estas bases.
4. Solicitudes.
4.1. Las instancias solicitando formar parte de este proceso selectivo, en las que los/as
aspirantes manifestarán que reúnen todas las condiciones exigidas en la Base 2, se dirigirán a
la Presidencia de la Agrupación presentándose en el Registro General del Ayuntamiento de
Palomero en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto
257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se
regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo
16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Las instancias se ajustarán al modelo de solicitud del anexo I.
4.2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles computados desde el
siguiente a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres.
4.3. Las instancias firmadas según el Anexo I de estas Bases,deberán ir acompañadas de la
siguiente documentación:
Copia del D.N.I. o de documento acreditativo de la identidad del solicitante.
Copia de la titulación exigida.
Anexo I
CVE:
BOP-2025-1218
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de marzo de 2025
N.º 0053
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