Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villa del Campo. (BOP-2025-1185)
BOP-2025-1185 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la tasa por por estación del servicio de basuras.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL
CAMPO
Plaza de España, 1. 10814 Villa del Campo (Cáceres)
927 44 81 77 FAX 927 44 82 88 C.I.F: P-1021100-A email: administracion@villadelcampo.es
ORDENANZA REGULADORA DE DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE BASURAS
ARTÍCULO 6. CUOTA TRIBUTARIA.
La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija anual, por unidad de local, que
se desterminará en función de la naturaleza y destino d elos inmuebles, a tal
efecto se aplicará la siguente tarifa:
CONCEPTO IMPORTE ANUAL
POR CADA INMUEBLE DESTINADO A
VIVIENDA UNIFAMILIAR
69€ (sesenta y nueve euros)
INDUSTRIAL Y LOCALES DE NEGOCIO
(INCLUYE DISCOTECAS Y VARES Y
TODO TIPO DE TIENDAS DE
ALIMENTACIÓN, FARMACIAS,
ESTANCOS, ETC).
79€ (setenta y nueve euros)
Las cuotas señaladas en las tarifas tienen carácter irreductible y corresponden a
un año.
El cobro de las cuotas se efectuará semestralmente, mediante recibo derivado
de la matrícula.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza Modificada, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el
Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada en fecha 26 de diciembre de 2024, entrará en
vigor una vez publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y haya
transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por
remisión de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la misma, permaneciendo en vigor hasta su
modificación o derogación expresa.»
DILIGENCIA DE APROBACIÓN POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO.
Que se extiende por parte de la Secretaria-interventora del Ayuntamiento de Villa del
Campo que suscribe, para hacer constar que el texto de la Ordenanza municipal
reguladora de ayudas para el fomento de la natalidad de Villa del Campo, que antecede, es
el que conoció y aprobó el Pleno Corporativo en su Sesión ordinaria, celebrada el día 26 de
diciembre de 2024. De lo que doy fe. La Secretaria, Alba Martín Cayetano
Cód.
Validación:
FWZAF4YWGH756GASKZY4SDHZM
Verificación:
https://villadelcampo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2025-1185
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 14 de marzo de 2025
N.º 0051
Pág. 5841
CAMPO
Plaza de España, 1. 10814 Villa del Campo (Cáceres)
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ORDENANZA REGULADORA DE DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE BASURAS
ARTÍCULO 6. CUOTA TRIBUTARIA.
La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija anual, por unidad de local, que
se desterminará en función de la naturaleza y destino d elos inmuebles, a tal
efecto se aplicará la siguente tarifa:
CONCEPTO IMPORTE ANUAL
POR CADA INMUEBLE DESTINADO A
VIVIENDA UNIFAMILIAR
69€ (sesenta y nueve euros)
INDUSTRIAL Y LOCALES DE NEGOCIO
(INCLUYE DISCOTECAS Y VARES Y
TODO TIPO DE TIENDAS DE
ALIMENTACIÓN, FARMACIAS,
ESTANCOS, ETC).
79€ (setenta y nueve euros)
Las cuotas señaladas en las tarifas tienen carácter irreductible y corresponden a
un año.
El cobro de las cuotas se efectuará semestralmente, mediante recibo derivado
de la matrícula.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza Modificada, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el
Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada en fecha 26 de diciembre de 2024, entrará en
vigor una vez publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y haya
transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por
remisión de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la misma, permaneciendo en vigor hasta su
modificación o derogación expresa.»
DILIGENCIA DE APROBACIÓN POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO.
Que se extiende por parte de la Secretaria-interventora del Ayuntamiento de Villa del
Campo que suscribe, para hacer constar que el texto de la Ordenanza municipal
reguladora de ayudas para el fomento de la natalidad de Villa del Campo, que antecede, es
el que conoció y aprobó el Pleno Corporativo en su Sesión ordinaria, celebrada el día 26 de
diciembre de 2024. De lo que doy fe. La Secretaria, Alba Martín Cayetano
Cód.
Validación:
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Viernes, 14 de marzo de 2025
N.º 0051
Pág. 5841