Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-1177)
BOP-2025-1177 Bases para nombramiento interino Responsable proyecto Agua Digital (PERTE)
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constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación mediante escrito
motivado, dentro del plazo establecido en la Base 4 para la presentación de
solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.4.- Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en
cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
El Tribunal Calificador del Excmo. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
puede requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y
documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración. Se iniciará expediente de
comprobación acerca del cumplimiento de dichos requisitos por los/as aspirantes, con
trámite de audiencia al interesado/a. El órgano convocante resolverá de forma motivada
lo que proceda.
También el Tribunal podrá recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o,
en su caso, la documentación complementaria que se estime necesaria para la
comprobación de los méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso selectivo a
aquellos que falseen o modifiquen dicha documentación aportada. Todo ello sin
menoscabo del cumplimiento de la obligación de presentar la documentación
acreditativa de los méritos dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Deberán relacionarse los méritos en las solicitudes de participación, adjuntando
copias de los mismos, sin que sea necesaria su compulsa. La fecha límite para la
valoración de los méritos será la de publicación de la convocatoria en el BOP. En
ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados
documentalmente.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
CUARTA. Plazo de presentación de solicitudes.
4.1.- El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados
a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín
Oficial de la provincia.
4.2.- Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Excmo.
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, así como en cualquiera de las formas que
determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si la documentación se
presenta a través de oficinas de Correos, la solicitud deberá ir en sobre abierto y
debidamente fechada y sellada por el personal de Correos, antes de ser certificada junto
con los documentos que se presenten.
4.3.- Finalizado el plazo de presentación de instancias, los datos consignados en
la solicitud serán vinculantes para la persona aspirante.
4.4.- El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a
efectos de notificaciones.
QUINTA. Derechos de examen.
4
Cód.
Validación:
77F6JKMED3NG76E4DE5ZE93W5
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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4
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15
CVE:
BOP-2025-1177
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 14 de marzo de 2025
N.º 0051
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