Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-1141)
BOP-2025-1141 Plan estratégico de subvenciones Concejalía de Cultura. Anualidad 2025.
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La Concejalía de Cultura concederá subvenciones en
en la Ley General de Subvenciones,
concesióndirecta.
Podrán concederse de forma directa
- Aquellas previstas nominativamente en el presupuesto del A
recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones.
- Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una norma
de rango legal, que seguirán el procedimiento
acuerdo con su propia normativa.
- Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de
interés público, social, económico o humanitario, u otras para las que quede debidamente
acreditada la dificultad de su convocatoria
Cualquiera que sea el procedimiento, siempre se deberán respetar los principios
establecidos en el artículo 4 de este Plan.
ARTÍCULO8. - CONCURRENCIA COMPETITIVA
Con carácter general las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia
competitiva.
En todo caso, las bases de la convocatoria
como mínimo, lo siguiente:
- Definicióndel objeto de
- Requisitosque deberán
- Requisitosformales de la
a) plazo de presentación
b) documentos a presentar.
- Procedimiento de concesión
- Partida presupuestaria,
- Criterios de valoración.
- Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de
concesión de la subvención
- Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario, del cumplimiento de la finalidad
para la que se concedió la subvención
- Posibilidadde efectuarpagos
- Medidas de garantía que,
Cultura concederá subvenciones en los términos y con
en la Ley General de Subvenciones, mediante convocatoria pública o, excepcionalmente,
forma directa las siguientes subvenciones:
Aquellas previstas nominativamente en el presupuesto del Ayuntamiento, en los términos
recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones.
Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una norma
de rango legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de
acuerdo con su propia normativa.
Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de
interés público, social, económico o humanitario, u otras para las que quede debidamente
de su convocatoria pública.
Cualquiera que sea el procedimiento, siempre se deberán respetar los principios
en el artículo 4 de este Plan.
COMPETITIVA
Con carácter general las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia
En todo caso, las bases de la convocatoria en los procedimientos de concurrencia
de la subvención.
deberánreunir los beneficiarios para la obtenciónde la subvención.
la solicitud.
presentación de la solicitud.
presentar.
concesiónde la subvención.
cuantía y límites de la subvención.
Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de
de la subvención y el plazo en que será notificada la resolución.
Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario, del cumplimiento de la finalidad
la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos.
pagos anticipadosy abonos a cuenta.
que, en su caso, procedan.
términos y con el alcance previsto
excepcionalmente, a través de
yuntamiento, en los términos
recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones.
Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una norma
les resulte de aplicación de
Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de
interés público, social, económico o humanitario, u otras para las que quede debidamente
Cualquiera que sea el procedimiento, siempre se deberán respetar los principios
Con carácter general las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia
de concurrencia deberán contener,
subvención.
Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de
la resolución.
Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario, del cumplimiento de la finalidad
percibidos.
CVE:
BOP-2025-1141
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de marzo de 2025
N.º 0050
Pág. 5630
en la Ley General de Subvenciones,
concesióndirecta.
Podrán concederse de forma directa
- Aquellas previstas nominativamente en el presupuesto del A
recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones.
- Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una norma
de rango legal, que seguirán el procedimiento
acuerdo con su propia normativa.
- Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de
interés público, social, económico o humanitario, u otras para las que quede debidamente
acreditada la dificultad de su convocatoria
Cualquiera que sea el procedimiento, siempre se deberán respetar los principios
establecidos en el artículo 4 de este Plan.
ARTÍCULO8. - CONCURRENCIA COMPETITIVA
Con carácter general las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia
competitiva.
En todo caso, las bases de la convocatoria
como mínimo, lo siguiente:
- Definicióndel objeto de
- Requisitosque deberán
- Requisitosformales de la
a) plazo de presentación
b) documentos a presentar.
- Procedimiento de concesión
- Partida presupuestaria,
- Criterios de valoración.
- Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de
concesión de la subvención
- Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario, del cumplimiento de la finalidad
para la que se concedió la subvención
- Posibilidadde efectuarpagos
- Medidas de garantía que,
Cultura concederá subvenciones en los términos y con
en la Ley General de Subvenciones, mediante convocatoria pública o, excepcionalmente,
forma directa las siguientes subvenciones:
Aquellas previstas nominativamente en el presupuesto del Ayuntamiento, en los términos
recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones.
Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una norma
de rango legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de
acuerdo con su propia normativa.
Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de
interés público, social, económico o humanitario, u otras para las que quede debidamente
de su convocatoria pública.
Cualquiera que sea el procedimiento, siempre se deberán respetar los principios
en el artículo 4 de este Plan.
COMPETITIVA
Con carácter general las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia
En todo caso, las bases de la convocatoria en los procedimientos de concurrencia
de la subvención.
deberánreunir los beneficiarios para la obtenciónde la subvención.
la solicitud.
presentación de la solicitud.
presentar.
concesiónde la subvención.
cuantía y límites de la subvención.
Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de
de la subvención y el plazo en que será notificada la resolución.
Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario, del cumplimiento de la finalidad
la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos.
pagos anticipadosy abonos a cuenta.
que, en su caso, procedan.
términos y con el alcance previsto
excepcionalmente, a través de
yuntamiento, en los términos
recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones.
Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una norma
les resulte de aplicación de
Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de
interés público, social, económico o humanitario, u otras para las que quede debidamente
Cualquiera que sea el procedimiento, siempre se deberán respetar los principios
Con carácter general las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia
de concurrencia deberán contener,
subvención.
Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de
la resolución.
Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario, del cumplimiento de la finalidad
percibidos.
CVE:
BOP-2025-1141
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de marzo de 2025
N.º 0050
Pág. 5630