Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2025-1096)
BOP-2025-1096 Aprobación de las bases que regirán la "VI Convivencia Carnavalera de Miajadas 2025."
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Firmado por: ANTONIO DIAZ ALIAS - Alcalde Presidente Fecha: 05-03-2025 08:38:24
ANTONIO CRUZ MORGADO - Secretario/a Fecha: 05-03-2025 09:33:47
Registrado en: RESOLUCIONES O DECRETOS - Nº: 396/2025 Fecha: 05-03-2025 09:33
Código Seguro de Verificación (CSV): 6C5E3E5912747BD1B95578CBC58D0164
Comprobación CSV: https://miajadas.eadministracion.es/home/validador/6C5E3E5912747BD1B95578CBC58D0164
Fecha de sellado electrónico: 05-03-2025 09:33:49 Fecha de emisión de esta copia: 07-03-2025 09:44:39
Plaza de España, 10, 10100, Miajadas (Cáceres) / Tfno.: 927 347 000 – Fax: 927 160 546 / https://miajadas.org/
la cultura y de actividades culturales” (art. 15.4º) y “Participación en la programación de la enseñanza”
(art. 15.5º).
2. Créditos Presupuestarios.
La cuantía total máxima de las subvenciones – premios convocados/as según el número de los grupos y
comparsas, debidamente inscritos y que participen en la VI Convivencia Carnavalera “Vegas Altas” de
Miajadas a celebrar el 29 de marzo de 2025.
La subvención se imputa a la aplicación presupuestaria 338/481.04. El importe máximo total de la
subvención a conceder asciende a 12.000 €, que consiste en varios conceptos subvencionables y/o
obsequios tal y como se detalla en el apartado 10.
Se trata de un supuesto de tramitación anticipada y se subordina la autorización y/o disposición del gasto
al crédito para el ejercicio en que se autorice y/o disponga en el presupuesto, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se apruebe el Reglamento
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Objeto, Condiciones y Finalidad de la Concesión de la Subvención.
La subvención tiene como finalidad favorecer el encuentro entre los grupos y comparsas de la localidad
con otros de la región, para mostrar las diferentes propuestas con las que se presentaron en el carnaval
y favorecer la convivencia con el objetivo de compartir buenas prácticas.
Podrán participar todas aquellas comparsas y grupos de Miajadas, Alonso de Ojeda, Casar de Miajadas así
como aquellos grupos o comparsas de la región que hayan participado en el Carnaval de Badajoz, además,
se reservará un número máximo de comparsas participantes que aun no habiendo participado en el
Carnaval de Badajoz, se presenten bajo unos criterios de trayectoria y/o calidad a valorar por el Área de
Festejos.
La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de
publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en
el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
4. Requisitos para Solicitar la Subvención y Forma de Acreditarlos.
Los grupos y comparsas interesadas presentarán el formulario de participación:
a. Datos del grupo o comparsa.
b. Declaración responsable, conforme al modelo del Anexo I.
c. Autorización en el caso de que el participante sea menor, conforme al Anexo II.
d. Alta a terceros.
Cada comparsa deberá elegir un representante, que será el responsable de que todo el grupo cumpla las
medidas de seguridad y actuará de interlocutor único con la organización del Desfile.
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CVE:
BOP-2025-1096
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de marzo de 2025
N.º 0048
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