Sección VI - Anuncios particulares. Comunidades de Regantes. Comunidad de Regantes Margen Izquierda Pantano Rosarito. (BOP-2025-1064)
BOP-2025-1064 Cuotas 2025.
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Sección VI - Anuncios particulares
Comunidades de Regantes
Comunidad de Regantes Margen Izquierda Pantano Rosarito
ANUNCIO. Cuotas 2025.
La Asamblea General de la Comunidad de Regantes de la Margen Izquierda del Pantano de
Rosarito, celebrada en Tiétar el pasado 28 de febrero, aprobó el presupuesto propuesto para el
año 2025, incluida la derrama por cuota de sostenimiento anual de 64€/Ha, la derrama
extraordinaria de amortización de obras de 10€/Ha, y una derrama extraordinaria relacionada
con el contrato de Encomienda de Gestión de CHT de 8€/Ha.
Dicha derrama se pasará al cobro mediante domiciliación bancaria o pago por transferencia,
siendo el plazo de pago voluntario hasta el próximo 30 de abril.
CONSECUENCIAS DE LA FALTA DE PAGO: Conforme al artículo 10º de las Ordenanzas:
“(…) Las deudas a la Comunidad de Regantes gravarán la finca o industria en cuyo favor se
realicen, pudiendo la Comunidad exigir su importe por la vía administrativa de apremio y
prohibir el uso del agua mientras no se satisfagan, aun cuando la finca o industria hubiese
cambiado de dueño/a”.
Asimismo, y según el acuerdo adoptado por la Asamblea General celebrada el pasado 28 de
febrero, una vez pasado el plazo de pago voluntario sin haberse efectuado, se remitirá al
Organismo de Recaudación y Gestión Tributaria (OARGT) de la Diputación de Cáceres para
que procedan a los requerimientos de cobro oportunos.
Talayuela, 3 de marzo de 2025
Francisco Ramón Jiménez Gómez
SECRETARIO
CVE:
BOP-2025-1064
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de marzo de 2025
N.º 0046
Pág. 5330
Comunidades de Regantes
Comunidad de Regantes Margen Izquierda Pantano Rosarito
ANUNCIO. Cuotas 2025.
La Asamblea General de la Comunidad de Regantes de la Margen Izquierda del Pantano de
Rosarito, celebrada en Tiétar el pasado 28 de febrero, aprobó el presupuesto propuesto para el
año 2025, incluida la derrama por cuota de sostenimiento anual de 64€/Ha, la derrama
extraordinaria de amortización de obras de 10€/Ha, y una derrama extraordinaria relacionada
con el contrato de Encomienda de Gestión de CHT de 8€/Ha.
Dicha derrama se pasará al cobro mediante domiciliación bancaria o pago por transferencia,
siendo el plazo de pago voluntario hasta el próximo 30 de abril.
CONSECUENCIAS DE LA FALTA DE PAGO: Conforme al artículo 10º de las Ordenanzas:
“(…) Las deudas a la Comunidad de Regantes gravarán la finca o industria en cuyo favor se
realicen, pudiendo la Comunidad exigir su importe por la vía administrativa de apremio y
prohibir el uso del agua mientras no se satisfagan, aun cuando la finca o industria hubiese
cambiado de dueño/a”.
Asimismo, y según el acuerdo adoptado por la Asamblea General celebrada el pasado 28 de
febrero, una vez pasado el plazo de pago voluntario sin haberse efectuado, se remitirá al
Organismo de Recaudación y Gestión Tributaria (OARGT) de la Diputación de Cáceres para
que procedan a los requerimientos de cobro oportunos.
Talayuela, 3 de marzo de 2025
Francisco Ramón Jiménez Gómez
SECRETARIO
CVE:
BOP-2025-1064
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de marzo de 2025
N.º 0046
Pág. 5330