Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-1042)
BOP-2025-1042 Bases y convocatoria de subvenciones de Acción Social.
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cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la asignación y uso de los recursos públicos.
La presente convocatoria, denominada “CONVOCATORIA DE ACCIÓN SOCIAL”, es conforme a la normativa
sobre subvenciones contenida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), en el
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones
(RGS), en las Bases de Ejecución del Presupuesto para el año 2025 de la Diputación Provincial de Cáceres y
la Ordenanza General de Subvenciones (OGS).La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad
Efectiva de Mujeres y Hombres, y en lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), así como a la normativa existente en
materia de tramitación electrónica, esto es, los artículos no derogados por la citada Ley 39/2015 de
Procedimiento Administrativo Común, en materia de registro electrónico y punto de acceso general
electrónico de la Administración, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula
el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica, Real Decreto 4/2010, de 8
de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración
Electrónica y la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios
electrónicos de confianza.
BASE PRIMERA. OBJETO Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. EXCLUSIONES.
OBJETO
El objeto de estas Bases es establecer las normas especificas en el marco de la Ordenanza General de
Subvenciones de esta Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de
concurrencia competitiva ordinaria, de entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan sede en la provincia
de Cáceres y presenten proyectos que se vayan a desarrollar en municipios de menos de 20.000 habitantes o
que atiendan a las personas residentes en los mismos, destinadas a la realización de proyectos de Acción
Social.
Los proyectos presentarán un Diagnóstico Social Previo, describiendo la problemática social específica, e
identificarán los factores limitantes que llevan a dicha problemática; en este diagnóstico previo deberán
participar las personas afectadas por dicha problemática y las potencialmente beneficiarias del proyecto.
El objetivo del proyecto será superar uno o varios de los factores limitantes identificados y para ello se
propondrán estrategias de atención a la Diversidad, de promoción de la Equidad, de Inclusión y/o de Salud
Comunitaria, contemplando la realización de actividades de sensibilización, prevención, detección,
investigación y/o asistencia/tratamiento a personas o grupos en situaciones de vulnerabilidad social, de
exclusión y/o de enfermedad, dentro de los campos socio-sanitario, socio-educativo y/o psico-social.
El presupuesto total del proyecto no excederá de los 7.000,00 €.
Actividades subvencionables y exclusiones:
Podrán ser objeto de las ayudas los proyectos que contemplen alguna de las siguientes actividades:
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Área de Desarrollo Sostenible y Turismo
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
CVE:
BOP-2025-1042
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de marzo de 2025
N.º 0046
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