Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-1041)
BOP-2025-1041 Aprobación inicial Reglamento de Creación, Regulación, Organización y Funcionamiento del Consejo Asesor de Artes Plásticas.
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documentación necesaria para su deliberación y las condiciones en las que se va a celebrar la
sesión.
2.- Para la válida constitución del Consejo Asesor de Artes Plásticas se requerirá la asistencia
del Presidente y del Secretario o, en su caso, de sus suplentes, y la de la mitad al menos, de
sus miembros.
3.- Los acuerdos serán adoptados por mayoría de votos presentes, decidiéndose por el voto de
calidad de la Presidencia, en caso de empate. Cuando se asista a distancia, los acuerdos se
entenderán adoptados en el lugar donde tenga la sede el órgano colegiado y, en su defecto,
donde esté ubicada la Presidencia. La Presidencia podrá ser delegada por su titular, en la
Vicepresidencia del Consejo Asesor de Artes Plásticas.
4.- El Consejo Asesor de Artes Plásticas podrá aprobar sus reglas internas de funcionamiento.
DISPOSICIÓN ADICIONAL.
En lo no previsto en el presente Reglamento, se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/20215, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
DISPOSICIÓN FINAL.
El presente Reglamento, que consta de diez artículos, una disposición adicional y una
disposición final, entrará en vigor una vez publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la
provincia, en los plazos previstos en el art.70.2 en relación con el 65 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra su aprobación definitiva cabrá la presentación de recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura,
con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cáceres, 2 de diciembre de 2024
José Álvaro Casas Avilés
SECRETARIO GENERAL
CVE:
BOP-2025-1041
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de marzo de 2025
N.º 0046
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