Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villar del Pedroso. (BOP-2025-1038)
BOP-2025-1038 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Público por la venta de artículos promocionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Artículo 3.- Devengo.
El precio público será exigible en el momento de solicitar el artículo promocional a que se
refiere esta ordenanza. El pago de dicho precio público se efectuará al realizar la entrega de
estos.
Artículo 4.- Obligados/as al Pago.
Están obligados/as al pago del precio público aquellas personas físicas y jurídicas, públicas o
privadas, con o sin ánimo de lucro, que reciban o adquieran los artículos a que se refiere esta
ordenanza.
Artículo 5.- Tarifas.
Los precios públicos exigibles por la venta de los artículos serán los que se fijan a continuación:
PRECIO PÚBLICO DE VENTA (I.V.A INCLUIDO).
MERCHANDISING PROMOCIONAL.
1. Vaso Térmico Duglas Impreso a 1 Tinta: 8,80 €/ud.
2. Mochila Zyndrox Impreso a 1 Tinta: 4,20 €/ud.
3. Petate Xigor Impreso a 1 Tinta: 5,50 €/ud.
4. Taza Tilton Impreso a 1 Tinta: 5,70 €/ud.
5. Gorra Zorps Impreso a 1 Tinta: 5,25 €/ud.
6. Abanico Madera Impreso a 1 Tinta: 3,25 €/ud.
7. Polo Star Blanco Impreso a 1 Tinta: 11,75 €/ud.
8. Chaqueta Polar Hizan Impreso a 1 Tinta:16,80 €/ud.
9. Chaleco Bellagio Impreso a 1 Tinta: 15,95 €/ud.
Artículo 6.- Órgano Competente.
El Pleno es el órgano competente para la fijación de nuevos precios públicos con respecto a
artículos relacionados en esta ordenanza en base a lo dispuesto en el artículo 47 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
CVE:
BOP-2025-1038
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 6 de marzo de 2025
N.º 0045
Pág. 5197
El precio público será exigible en el momento de solicitar el artículo promocional a que se
refiere esta ordenanza. El pago de dicho precio público se efectuará al realizar la entrega de
estos.
Artículo 4.- Obligados/as al Pago.
Están obligados/as al pago del precio público aquellas personas físicas y jurídicas, públicas o
privadas, con o sin ánimo de lucro, que reciban o adquieran los artículos a que se refiere esta
ordenanza.
Artículo 5.- Tarifas.
Los precios públicos exigibles por la venta de los artículos serán los que se fijan a continuación:
PRECIO PÚBLICO DE VENTA (I.V.A INCLUIDO).
MERCHANDISING PROMOCIONAL.
1. Vaso Térmico Duglas Impreso a 1 Tinta: 8,80 €/ud.
2. Mochila Zyndrox Impreso a 1 Tinta: 4,20 €/ud.
3. Petate Xigor Impreso a 1 Tinta: 5,50 €/ud.
4. Taza Tilton Impreso a 1 Tinta: 5,70 €/ud.
5. Gorra Zorps Impreso a 1 Tinta: 5,25 €/ud.
6. Abanico Madera Impreso a 1 Tinta: 3,25 €/ud.
7. Polo Star Blanco Impreso a 1 Tinta: 11,75 €/ud.
8. Chaqueta Polar Hizan Impreso a 1 Tinta:16,80 €/ud.
9. Chaleco Bellagio Impreso a 1 Tinta: 15,95 €/ud.
Artículo 6.- Órgano Competente.
El Pleno es el órgano competente para la fijación de nuevos precios públicos con respecto a
artículos relacionados en esta ordenanza en base a lo dispuesto en el artículo 47 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
CVE:
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Verificable
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Jueves, 6 de marzo de 2025
N.º 0045
Pág. 5197