Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2025-1025)
BOP-2025-1025 Bases reguladoras Subvención "Mejor Expediente Académico".
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CALZADILLA
Plaza de Extremadura Nº 1 Telfs.: 927 146301 / 927 146313 Fax: 927 146390
C.P: 10817 CALZADILLA (Cáceres)
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos
Digitales, se tratarán y guardarán los datos aportados en la instancia y
documentación que la acompañe para la tramitación y gestión del presente
expediente administrativo y demás actuaciones relacionadas.
Los solicitantes tendrán derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos
facilitados, así como cualesquiera otros derechos que les correspondan. Asimismo
podrán oponerse a que los datos personales que les conciernan sean objeto de un
tratamiento de datos.
La finalidad de los mismos es la tramitación, gestión de expedientes administrativos
y actuaciones derivadas de éstos. Se prevé la posible cesión de datos a terceros, sin
que haya previsión de transferencias a terceros países.
Además, la participación en esta convocatoria conlleva la autorización al Excmo.
Ayuntamiento de Calzadilla o a las personas físicas o jurídicas a las que éste
autorice de los derechos de explotación de las imágenes y/o grabaciones
audiovisuales que se realicen de forma personalizada, tanto individual como en
grupo, así como a su difusión promocional sin limitación temporal alguna, en la
web oficial del Ayuntamiento, medios de comunicación autorizados y redes
sociales en las que participe el Ayuntamiento.
UNDÉCIMA.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES
El hecho de participar en la convocatoria conlleva la aceptación de estas bases,
motivo por el cual no podrán impugnarlas una vez finalizada la presentación de
solicitudes. Las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas Bases serán
resueltas por la Alcaldía.
DUODÉCIMA.- RECURSOS
Contra la Resolución por la que se otorguen los premios objeto de esta convocatoria
se podrá presentar por los interesados Recurso de Reposición en el plazo de un mes
desde la publicación del anuncio de otorgamiento en la página web municipal.
También podrá interponerse Recurso Contencioso – Administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso – Administrativo en el plazo de dos meses desde la publicación
del anuncio citado.
DECIMOTERCERA.- PUBLICACIÓN
CVE:
BOP-2025-1025
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 6 de marzo de 2025
N.º 0045
Pág. 5174
Plaza de Extremadura Nº 1 Telfs.: 927 146301 / 927 146313 Fax: 927 146390
C.P: 10817 CALZADILLA (Cáceres)
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos
Digitales, se tratarán y guardarán los datos aportados en la instancia y
documentación que la acompañe para la tramitación y gestión del presente
expediente administrativo y demás actuaciones relacionadas.
Los solicitantes tendrán derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos
facilitados, así como cualesquiera otros derechos que les correspondan. Asimismo
podrán oponerse a que los datos personales que les conciernan sean objeto de un
tratamiento de datos.
La finalidad de los mismos es la tramitación, gestión de expedientes administrativos
y actuaciones derivadas de éstos. Se prevé la posible cesión de datos a terceros, sin
que haya previsión de transferencias a terceros países.
Además, la participación en esta convocatoria conlleva la autorización al Excmo.
Ayuntamiento de Calzadilla o a las personas físicas o jurídicas a las que éste
autorice de los derechos de explotación de las imágenes y/o grabaciones
audiovisuales que se realicen de forma personalizada, tanto individual como en
grupo, así como a su difusión promocional sin limitación temporal alguna, en la
web oficial del Ayuntamiento, medios de comunicación autorizados y redes
sociales en las que participe el Ayuntamiento.
UNDÉCIMA.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES
El hecho de participar en la convocatoria conlleva la aceptación de estas bases,
motivo por el cual no podrán impugnarlas una vez finalizada la presentación de
solicitudes. Las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas Bases serán
resueltas por la Alcaldía.
DUODÉCIMA.- RECURSOS
Contra la Resolución por la que se otorguen los premios objeto de esta convocatoria
se podrá presentar por los interesados Recurso de Reposición en el plazo de un mes
desde la publicación del anuncio de otorgamiento en la página web municipal.
También podrá interponerse Recurso Contencioso – Administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso – Administrativo en el plazo de dos meses desde la publicación
del anuncio citado.
DECIMOTERCERA.- PUBLICACIÓN
CVE:
BOP-2025-1025
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 6 de marzo de 2025
N.º 0045
Pág. 5174