Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-1012)
BOP-2025-1012 Plan Estratégico de Subvenciones 2025 del Instituto Municipal de Asuntos Sociales.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cáceres
ANUNCIO. Plan Estratégico de Subvenciones 2025 del Instituto Municipal de
Asuntos Sociales.
Aprobado por el Consejo Rector del Instituto Municipal de Asuntos Sociales, en sesión
Ordinaria celebrada el veinticinco de febrero de dos mil veinticinco, el Plan Estratégico de
Subvenciones del Organismo Autónomo “Instituto Municipal de Asuntos Sociales”, ejercicio de
2025, en el que se plasma la previsión de los objetivos y efectos que se pretenden con la
concesión de las mismas, el plazo necesario para su consecución, los costes y la fuente de
financiación, se hace público para general conocimiento.
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES INSTITUTO MUNICIPAL DE ASUNTOS
SOCIALES - ANUALIDAD 2025
PREÁMBULO.
Según la Exposición de Motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, una parte importante de la actividad financiera del sector público se canaliza a
través de subvenciones, con el objeto de dar respuesta, con medidas de apoyo financiero, a
demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o privadas.
Desde la perspectiva económica, las subvenciones son una modalidad importante de gasto
público y, por tanto, deben ajustarse a las directrices de la política presupuestaria, actualmente
orientada por los criterios de estabilidad presupuestaria y crecimiento económico.
Desde esta perspectiva la Ley General de Subvenciones supone un paso más en el proceso de
racionalización de nuestro sistema económico incardinándose en el conjunto de medidas y
reformas que se han venido instrumentando con esta finalidad.
Uno de los principios que rigen esta ley, recogido también en la normativa de estabilidad
presupuestaria, es el de transparencia. Con este objeto las Administraciones deberán hacer
públicas las subvenciones que concedan, y, a la vez, la ley establece la obligación de formar
una base de datos de ámbito nacional que contenga información relevante sobre todas las
subvenciones concedidas.
CVE:
BOP-2025-1012
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de marzo de 2025
N.º 0044
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