Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-1005)
BOP-2025-1005 Bases y convocatoria subvenciones proyectos de igualdad 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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La Diputación podrá ampliar de oficio el plazo de ejecución de las ayudas, mediando causas objetivas, que
deberá motivar.
BASE DÉCIMA. JUSTIFICACIÓN : DOCUMENTOS, PLAZO, SUBSANACIÓN Y PRÓRROGA.
El sistema de justificación a emplear será el de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto , de
acuerdo con lo establecido en el art. 29.2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación
Provincial de Cáceres y en el artículo 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, teniendo en cuenta la
naturaleza de la presente subvención y, cuyo contenido se cumplimentará siguiendo las indicaciones del
formulario establecido en la sede electrónica a tal efecto.
El procedimiento de justificación será similar al establecido en la BASE SEXTA para la presentación de la
solicitud.
DOCUMENTOS
Las entidades beneficiarias presentarán la justificación cumplimentando todos los campos obligatorios del
formulario “Justificación” presente en la sede electrónica.
Además se acompañarán como documentos anexos obligatorios, los indicados a continuación:
1) Las entidades beneficiarias presentarán una Memoria técnica, según modelo puesto a disposición en la
sede electrónica.
2) Cuenta justificativa, con detalle de gastos y pagos según modelo normalizado disponible en sede
electrónica.
Además se acompañará de una declaración responsable del/la representante legal de la entidad en la que
conste número de expediente telemático, y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la
subvención. En este último caso, se indicará además la cuantía exacta que resulte afectada por la
subvención.
3) Los gastos subvencionables se acreditarán de la siguiente manera:
• Los gastos de personal (retribuciones del personal al servicio de la entidad, por su importe íntegro, así
como las aportaciones empresariales a la Seguridad Social) se justificarán mediante la presentación
de las nóminas correspondientes. En caso de imputación por el importe íntegro/bruto, se deberá
presentar, además de la nómina correspondiente, justificantes de las cotizaciones a la Seguridad
Social ( Recibo de liquidación de cotización y Relación nominal de trabajadores) y/o modelo de ingreso
de retenciones practicadas de IRPF en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Modelos 111 y
190) .
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Área de Desarrollo Sostenible y Turismo
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
CVE:
BOP-2025-1005
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de marzo de 2025
N.º 0044
Pág. 5045
deberá motivar.
BASE DÉCIMA. JUSTIFICACIÓN : DOCUMENTOS, PLAZO, SUBSANACIÓN Y PRÓRROGA.
El sistema de justificación a emplear será el de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto , de
acuerdo con lo establecido en el art. 29.2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación
Provincial de Cáceres y en el artículo 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, teniendo en cuenta la
naturaleza de la presente subvención y, cuyo contenido se cumplimentará siguiendo las indicaciones del
formulario establecido en la sede electrónica a tal efecto.
El procedimiento de justificación será similar al establecido en la BASE SEXTA para la presentación de la
solicitud.
DOCUMENTOS
Las entidades beneficiarias presentarán la justificación cumplimentando todos los campos obligatorios del
formulario “Justificación” presente en la sede electrónica.
Además se acompañarán como documentos anexos obligatorios, los indicados a continuación:
1) Las entidades beneficiarias presentarán una Memoria técnica, según modelo puesto a disposición en la
sede electrónica.
2) Cuenta justificativa, con detalle de gastos y pagos según modelo normalizado disponible en sede
electrónica.
Además se acompañará de una declaración responsable del/la representante legal de la entidad en la que
conste número de expediente telemático, y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la
subvención. En este último caso, se indicará además la cuantía exacta que resulte afectada por la
subvención.
3) Los gastos subvencionables se acreditarán de la siguiente manera:
• Los gastos de personal (retribuciones del personal al servicio de la entidad, por su importe íntegro, así
como las aportaciones empresariales a la Seguridad Social) se justificarán mediante la presentación
de las nóminas correspondientes. En caso de imputación por el importe íntegro/bruto, se deberá
presentar, además de la nómina correspondiente, justificantes de las cotizaciones a la Seguridad
Social ( Recibo de liquidación de cotización y Relación nominal de trabajadores) y/o modelo de ingreso
de retenciones practicadas de IRPF en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Modelos 111 y
190) .
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http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de marzo de 2025
N.º 0044
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