Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-1005)
BOP-2025-1005 Bases y convocatoria subvenciones proyectos de igualdad 2025.
28 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS
Todas las comunicaciones y notificaciones, correspondientes a los actos administrativos que se dicten
durante la tramitación del procedimiento (resolución provisional de concesión, resolución definitiva, etc),
registradas a través de la sede electrónica de la Diputación de Cáceres, se incorporarán a los expedientes y
estarán disponibles a lo largo de toda la tramitación telemática en dicha sede. Se pondrá a disposición de las
entidades solicitantes un sistema complementario de alertas por medio de correo electrónico.
La publicación de las resoluciones provisionales y definitivas, así como de las resoluciones de concesión y
sus posibles modificaciones ulteriores y de los demás actos del procedimiento, en la sede electrónica de la
Diputación de Cáceres surtirá todos los efectos de la notificación practicada según lo dispuesto en el artículo
43.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, en relación con los
procedimientos de concurrencia competitiva.
En aquellos casos en los que, como resultado de la fase de justificación y comprobación, tuviera lugar un
procedimiento de reintegro, las notificaciones relacionadas con dicho procedimiento se realizarán bajo la
modalidad de notificación por comparecencia electrónica.
BASE NOVENA. GASTOS SUBVENCIONABLES, PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGA.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Las actividades objeto de la presente convocatoria de ayudas están relacionados en la BASE PRIMERA de
la presente convocatoria.
Serán gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad
subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido por las presentes
bases de convocatoria (periodo de ejecución).
Se admitirán gastos indirectos en un porcentaje máximo de un 10% sobre el importe concedido.
No serán subvencionables:
• Gastos de inversión ni gastos de adquisición o reposición de enseres inventariables
• Gastos de auditoría.
• Gastos de asesoramiento jurídico y de representación jurídica
• Atenciones protocolarias, no tendrán la consideración de gastos subvencionables los gastos de
regalos, obsequios o similares.
• Actividades relacionadas con la promoción de la entidad en sí misma.
Página 15 de 27
Área de Desarrollo Sostenible y Turismo
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
CVE:
BOP-2025-1005
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de marzo de 2025
N.º 0044
Pág. 5043
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS
Todas las comunicaciones y notificaciones, correspondientes a los actos administrativos que se dicten
durante la tramitación del procedimiento (resolución provisional de concesión, resolución definitiva, etc),
registradas a través de la sede electrónica de la Diputación de Cáceres, se incorporarán a los expedientes y
estarán disponibles a lo largo de toda la tramitación telemática en dicha sede. Se pondrá a disposición de las
entidades solicitantes un sistema complementario de alertas por medio de correo electrónico.
La publicación de las resoluciones provisionales y definitivas, así como de las resoluciones de concesión y
sus posibles modificaciones ulteriores y de los demás actos del procedimiento, en la sede electrónica de la
Diputación de Cáceres surtirá todos los efectos de la notificación practicada según lo dispuesto en el artículo
43.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, en relación con los
procedimientos de concurrencia competitiva.
En aquellos casos en los que, como resultado de la fase de justificación y comprobación, tuviera lugar un
procedimiento de reintegro, las notificaciones relacionadas con dicho procedimiento se realizarán bajo la
modalidad de notificación por comparecencia electrónica.
BASE NOVENA. GASTOS SUBVENCIONABLES, PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGA.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Las actividades objeto de la presente convocatoria de ayudas están relacionados en la BASE PRIMERA de
la presente convocatoria.
Serán gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad
subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido por las presentes
bases de convocatoria (periodo de ejecución).
Se admitirán gastos indirectos en un porcentaje máximo de un 10% sobre el importe concedido.
No serán subvencionables:
• Gastos de inversión ni gastos de adquisición o reposición de enseres inventariables
• Gastos de auditoría.
• Gastos de asesoramiento jurídico y de representación jurídica
• Atenciones protocolarias, no tendrán la consideración de gastos subvencionables los gastos de
regalos, obsequios o similares.
• Actividades relacionadas con la promoción de la entidad en sí misma.
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SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
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Miércoles, 5 de marzo de 2025
N.º 0044
Pág. 5043