Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-1005)
BOP-2025-1005 Bases y convocatoria subvenciones proyectos de igualdad 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán examinadas por el Órgano Gestor. Ante
errores subsanables en la solicitud, se requerirá a las entidades interesadas para que procedan a
corregirlos, concediéndole un plazo de 10 días hábiles. En caso de no resolver adecuadamente la
subsanación, se le tendrá por desistido del expediente, de conformidad con lo dispuesto en la legislación
vigente. Para la presentación de la subsanación, se utilizará el formulario de la sede electrónica.
El Órgano instructor elaborará un informe previo de evaluación de las solicitudes, donde deberán constar las
entidades que han subsanado y los motivos de subsanación, así como la acreditación de que cumplen todos
los requisitos para poder acceder a las ayudas solicitadas.
COMISIÓN DE VALORACIÓN
Se creará una Comisión de Valoración, que llevará a cabo la selección de las solicitudes de acuerdo con los
criterios de valoración establecidos en la BASE SÉPTIMA y dentro del crédito presupuestario disponible.
La Comisión tendrá carácter de órgano colegiado, a los efectos de lo establecido en la Ley de Procedimiento
Administrativo Común y la Ley General de Subvenciones.
Su composición será la siguiente:
- Presidencia: La Diputada Delegada de Igualdad o Diputado/a en quien delegue.
- Vocales: Un/Una Diputado/a por cada Grupo Político constituido en la Corporación, el/la Director/a o Jefe/a
de Área, gestor del crédito al que se impute la subvención o competente por razón de la materia, la Jefa del
Servicio o Unidad responsable de la gestión del expediente y un/una empleado/a público/a de dicho Servicio o
Unidad.
- Un/una Secretario/a: sin voto, que en todo caso deberá ser empleado/a público/a de la Diputación.
El Órgano Gestor a la vista del expediente y del Acta emitida por la Comisión de Valoración, formulará
propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que deberá notificarse a los/as solicitantes
mediante la sede electrónica, y se concederá un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones en
su caso.
Se podrá prescindir de este trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros
hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados. En este caso la propuesta de
resolución formulada tendrá el carácter de definitiva (art. 24.4 LGS).
Examinadas las alegaciones aducidas por las entidades interesadas, en su caso, se formulará la propuesta
de Acuerdo o Resolución definitiva, que deberá expresar la relación de entidades solicitantes para quienes se
propone la concesión de subvención, y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración
aplicados.
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Área de Desarrollo Sostenible y Turismo
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
CVE:
BOP-2025-1005
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de marzo de 2025
N.º 0044
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errores subsanables en la solicitud, se requerirá a las entidades interesadas para que procedan a
corregirlos, concediéndole un plazo de 10 días hábiles. En caso de no resolver adecuadamente la
subsanación, se le tendrá por desistido del expediente, de conformidad con lo dispuesto en la legislación
vigente. Para la presentación de la subsanación, se utilizará el formulario de la sede electrónica.
El Órgano instructor elaborará un informe previo de evaluación de las solicitudes, donde deberán constar las
entidades que han subsanado y los motivos de subsanación, así como la acreditación de que cumplen todos
los requisitos para poder acceder a las ayudas solicitadas.
COMISIÓN DE VALORACIÓN
Se creará una Comisión de Valoración, que llevará a cabo la selección de las solicitudes de acuerdo con los
criterios de valoración establecidos en la BASE SÉPTIMA y dentro del crédito presupuestario disponible.
La Comisión tendrá carácter de órgano colegiado, a los efectos de lo establecido en la Ley de Procedimiento
Administrativo Común y la Ley General de Subvenciones.
Su composición será la siguiente:
- Presidencia: La Diputada Delegada de Igualdad o Diputado/a en quien delegue.
- Vocales: Un/Una Diputado/a por cada Grupo Político constituido en la Corporación, el/la Director/a o Jefe/a
de Área, gestor del crédito al que se impute la subvención o competente por razón de la materia, la Jefa del
Servicio o Unidad responsable de la gestión del expediente y un/una empleado/a público/a de dicho Servicio o
Unidad.
- Un/una Secretario/a: sin voto, que en todo caso deberá ser empleado/a público/a de la Diputación.
El Órgano Gestor a la vista del expediente y del Acta emitida por la Comisión de Valoración, formulará
propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que deberá notificarse a los/as solicitantes
mediante la sede electrónica, y se concederá un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones en
su caso.
Se podrá prescindir de este trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros
hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados. En este caso la propuesta de
resolución formulada tendrá el carácter de definitiva (art. 24.4 LGS).
Examinadas las alegaciones aducidas por las entidades interesadas, en su caso, se formulará la propuesta
de Acuerdo o Resolución definitiva, que deberá expresar la relación de entidades solicitantes para quienes se
propone la concesión de subvención, y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración
aplicados.
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Área de Desarrollo Sostenible y Turismo
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
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http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de marzo de 2025
N.º 0044
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