Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-953)
BOP-2025-953 Bonificación de las tarifas vigentes de abonos y títulos multiviaje, del servicio público de transporte urbano de la Ciudad de Cáceres
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cáceres
ANUNCIO. Bonificación de las tarifas vigentes de abonos y títulos multiviaje, del
servicio público de transporte urbano de la Ciudad de Cáceres
Bonificación de las tarifas vigentes de abonos y títulos multiviaje, del servicio público de
transporte urbano de la ciudad de Cáceres, a efectos de acogerse a las ayudas previstas en el
Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia
económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de
vulnerabilidad.
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, en sesión extraordinaria, celebrada el día 27 de
febrero de 2025, adoptó el siguiente ACUERDO:
Aprobar la bonificación de las tarifas vigentes de abonos y títulos multiviaje del Servicio Público
de Transporte Urbano de la ciudad de Cáceres, siendo las tarifas a aplicar las siguientes:
Los/as usuarios/as que recarguen la tarjeta mensual antes de estar aprobada esta
medida, tendrá derecho, previa solicitud y justificación, a la devolución del 50 % o 40 %
del precio del abono del mes o meses recargados en su caso, una vez aprobada la
misma (para el período anteriormente indicado de febrero a junio y julio a diciembre).
Los/as usuarios/as que recarguen en citado período mensualidades que no sean para
los meses de aplicación de la bonificación, no se le aplicará la bonificación. Es decir, si
a finales de diciembre de 2025 (o cualquier otra fecha) un usuario quiere recargar la
tarjeta mensual para los meses de enero o febrero de 2026, esta recarga no estará
bonificada, salvo aprobación por el Excmo. Ayuntamiento.
Los/as beneficiarios/as de la tarjeta joven y/o tarjeta “mayores de 65 años” deberán
abonar el coste de adquisición y personalización de la “nueva tarjeta” que da derecho a
esta bonificación. Con un coste de 2,25 euros/unidad, IVA incluido.
Se aprobarán las “Condiciones Generales del uso del Bono de mayores de 65 años”
para su implantación.
Las tarifas a aplicar desde el 1 de marzo al 30 de junio de 2025, serán las
siguientes:
CVE:
BOP-2025-953
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de febrero de 2025
N.º 0041
Pág. 4786
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cáceres
ANUNCIO. Bonificación de las tarifas vigentes de abonos y títulos multiviaje, del
servicio público de transporte urbano de la Ciudad de Cáceres
Bonificación de las tarifas vigentes de abonos y títulos multiviaje, del servicio público de
transporte urbano de la ciudad de Cáceres, a efectos de acogerse a las ayudas previstas en el
Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia
económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de
vulnerabilidad.
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, en sesión extraordinaria, celebrada el día 27 de
febrero de 2025, adoptó el siguiente ACUERDO:
Aprobar la bonificación de las tarifas vigentes de abonos y títulos multiviaje del Servicio Público
de Transporte Urbano de la ciudad de Cáceres, siendo las tarifas a aplicar las siguientes:
Los/as usuarios/as que recarguen la tarjeta mensual antes de estar aprobada esta
medida, tendrá derecho, previa solicitud y justificación, a la devolución del 50 % o 40 %
del precio del abono del mes o meses recargados en su caso, una vez aprobada la
misma (para el período anteriormente indicado de febrero a junio y julio a diciembre).
Los/as usuarios/as que recarguen en citado período mensualidades que no sean para
los meses de aplicación de la bonificación, no se le aplicará la bonificación. Es decir, si
a finales de diciembre de 2025 (o cualquier otra fecha) un usuario quiere recargar la
tarjeta mensual para los meses de enero o febrero de 2026, esta recarga no estará
bonificada, salvo aprobación por el Excmo. Ayuntamiento.
Los/as beneficiarios/as de la tarjeta joven y/o tarjeta “mayores de 65 años” deberán
abonar el coste de adquisición y personalización de la “nueva tarjeta” que da derecho a
esta bonificación. Con un coste de 2,25 euros/unidad, IVA incluido.
Se aprobarán las “Condiciones Generales del uso del Bono de mayores de 65 años”
para su implantación.
Las tarifas a aplicar desde el 1 de marzo al 30 de junio de 2025, serán las
siguientes:
CVE:
BOP-2025-953
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de febrero de 2025
N.º 0041
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