Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-900)
BOP-2025-900 Bases Reguladoras Convocatoria Eventos Culturales 2025.
28 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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fecha de Resolución definitiva de concesión, siendo en caso contrario la no presentación,
causa automática de exclusión.
En caso de ser necesaria su aportación, este documento debe remitirse:
a) Firma manual (tanto el tercero como el Banco): documento original a través de registro
público o a la Tesorería de esta Excma. Diputación Provincial; Plaza de Santa María, S/N.,
10071 de Cáceres.
b) Firma digital ( tanto el tercero como el Banco): bien a través de la sede electrónica o a través
del correo electrónico
tesoreria@dip-caceres.es.
De manera opcional, deberán presentar la siguiente documentación:
- A efectos de la aplicación de los criterios de valoración que se tendrán en cuenta para la
concesión de las subvenciones, las entidades solicitantes podrán presentar cuanta
documentación consideren pertinente.
Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar
información, podrá dirigirse por correo electrónico al órgano gestor para plantear tal
circunstancia, quien autorizará, en su caso, adjuntarlo bajo la denominación de “documento
excepcional”. Todos los documentos electrónicos que se adjunten con la solicitud deberán
cumplir los requisitos que se definen en la sede electrónica. Las entidades solicitantes
aportarán copias digitalizadas de los documentos, y la Diputación generará y almacenará los
correspondientes códigos de huella digital, identificativos fielmente del contenido presentado
por la entidad solicitante. Una relación de documentos y sus huellas digitales asociadas será
firmada por la persona solicitante e incorporada a la solicitud. La Diputación podrá solicitar del
correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Si el cotejo no pudiera
llevarse a cabo, podrá requerir con carácter excepcional a la entidad solicitante la exhibición del
documento o de la información original.
4.- Firma de la solicitud.
La solicitud, una vez cumplimentada, deberá ser firmada electrónicamente por el representante
legal de la entidad que realiza la misma, mediante alguno de los sistemas de firma electrónica
basados en certificados para garantizar la identificación de los solicitantes, y en su caso, la
autenticidad e integridad de los documentos electrónicos.
CVE:
BOP-2025-900
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 26 de febrero de 2025
N.º 0039
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público o a la Tesorería de esta Excma. Diputación Provincial; Plaza de Santa María, S/N.,
10071 de Cáceres.
b) Firma digital ( tanto el tercero como el Banco): bien a través de la sede electrónica o a través
del correo electrónico
tesoreria@dip-caceres.es.
De manera opcional, deberán presentar la siguiente documentación:
- A efectos de la aplicación de los criterios de valoración que se tendrán en cuenta para la
concesión de las subvenciones, las entidades solicitantes podrán presentar cuanta
documentación consideren pertinente.
Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar
información, podrá dirigirse por correo electrónico al órgano gestor para plantear tal
circunstancia, quien autorizará, en su caso, adjuntarlo bajo la denominación de “documento
excepcional”. Todos los documentos electrónicos que se adjunten con la solicitud deberán
cumplir los requisitos que se definen en la sede electrónica. Las entidades solicitantes
aportarán copias digitalizadas de los documentos, y la Diputación generará y almacenará los
correspondientes códigos de huella digital, identificativos fielmente del contenido presentado
por la entidad solicitante. Una relación de documentos y sus huellas digitales asociadas será
firmada por la persona solicitante e incorporada a la solicitud. La Diputación podrá solicitar del
correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Si el cotejo no pudiera
llevarse a cabo, podrá requerir con carácter excepcional a la entidad solicitante la exhibición del
documento o de la información original.
4.- Firma de la solicitud.
La solicitud, una vez cumplimentada, deberá ser firmada electrónicamente por el representante
legal de la entidad que realiza la misma, mediante alguno de los sistemas de firma electrónica
basados en certificados para garantizar la identificación de los solicitantes, y en su caso, la
autenticidad e integridad de los documentos electrónicos.
CVE:
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Verificable
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