Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-893)
BOP-2025-893 EXTRACTO. Bases Reguladoras Convocatoria Federaciones Deportivas 2025.
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Cáceres de 2025.
2.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
El presente plan de subvenciones está consignado en el Presupuesto General de la Diputación
Provincial de Cáceres en el ejercicio 2025, en la aplicación 05.3411.48502, dotada con un
importe total de 100.000,00 €.
3.- REQUISITOS DE LOS/AS SOLICITANTES. Podrán solicitar esta subvención y, en
consecuencia, podrán ser beneficiarios/as, las Federaciones Deportivas de Extremadura que
tengan su ámbito de actuación en la Comunidad de Extremadura, que no reciban ayudas
durante el año 2025 a través de concesión directa de la Diputación Provincial de Cáceres, que
destinen las ayudas a la organización del Trofeo Diputación de Cáceres junto con las
actividades deportivas de la especialidad correspondiente, para el fomento del deporte base en
el ejercicio 2025, y que cumplan los siguientes requisitos:
Tener personalidad jurídica, capacidad de obrar y carecer de fin de lucro, aspectos que
deben estar recogidos en sus Estatutos.
Estar debidamente constituidas e inscritas en el Registro General de Entidades
Deportivas de Extremadura, con carácter previo a la publicación de la presente
convocatoria.
Que tengan sede o delegación permanente en algún municipio de la provincia de
Cáceres y así conste en los estatutos o se acredite fehacientemente. Asimismo, que
entre sus cometidos consta la realización de las actividades subvencionables objeto de
esta convocatoria.
No tener dependencia económica ni institucional de ninguna entidad lucrativa.
Que cumplan los requisitos para obtener la condición de beneficiario/a previsto en el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el 7
de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación (en adelante, OGS).
Haber justificado gastos y los pagos correspondientes a las subvenciones recibidas de
la Excma. Diputación provincial de Cáceres en años anteriores, siempre que se haya
agotado el plazo de justificación.
Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y las
tributarias con Hacienda Estatal y Excma. Diputación de Cáceres. Dichas
certificaciones podrán ser acreditadas por la parte solicitante o recabadas por la
Diputación Provincial previa autorización firmada.
Y además, que no se encuentren incursas en ninguna prohibición para obtener la condición de
beneficiario/a de subvenciones públicas que se contempla en el artículo 13 de la LGS.
CVE:
BOP-2025-893
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 26 de febrero de 2025
N.º 0039
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