Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almaraz. (BOP-2025-857)
BOP-2025-857 Baja de oficio del Padrón Municipal.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Almaraz
ANUNCIO. Baja de oficio del Padrón Municipal.
Por Resolución de Alcaldía n. º 767/2024 de fecha 06-febrero-2025, se aprobó iniciar
expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de D. Edgar Alexander Álvarez Acuña, por
inscripción indebida. No habiéndose podido practicar la notificación personal al interesado/a,
mediante el presente anuncio se hace pública dicha Resolución del tenor literal siguiente:
Visto el informe de comprobación de los hechos emitido en fecha 4-febrero-2025 por los
Servicios Técnicos Municipales de Policía Local, en el que se ponía de manifiesto que, D.
Edgar Alexander Álvarez Acuña, empadronado en este Municipio, no cumplía con los requisitos
del artículo 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales
aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
Examinada la documentación que le acompaña, visto el informe de Secretaría de fecha 6-
febrero-2025, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, RESUELVO:
PRIMERO. Que se inicie el expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal por inscripción
indebida de D. Edgar Alexander Álvarez Acuña.
SEGUNDO. Que se dé audiencia a D. Edgar Alexander Álvarez Acuña, por plazo de diez días,
para que presente las alegaciones y documentos que estime pertinentes, advirtiéndole que, de
no recibir contestación en cuanto a su conformidad o disconformidad en el citado plazo, se
realizará la baja de oficio.
Si el interesado manifiesta su conformidad con la baja, y comunica al Ayuntamiento su lugar de
residencia habitual, se acordará la baja de oficio. Si el/la interesado/a no manifiesta su
conformidad con la baja, ésta solo podrá llevarse a cabo previo informe favorable del Consejo
de Empadronamiento
Si el afectado comunica residir habitualmente en otro municipio, o domicilio del mismo
municipio, deberá solicitar por escrito el alta, o modificación, en el Padrón municipal
correspondiente o, en el caso de ser un ciudadano español que no viva habitualmente en
CVE:
BOP-2025-857
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de febrero de 2025
N.º 0037
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