Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-850)
BOP-2025-850 Bases Reguladoras Convocatoria Asociaciones Memoria Democrática 2025.
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organismo de la Administración actuante y fecha en que se presentaron los documentos
requeridos en la presente convocatoria, y desde esa fecha hasta el día de presentación de la
solicitud de estas ayudas. En particular, los documentos administrativos a los que se refiere
este derecho son: la escritura de constitución de la entidad, los Estatutos y sus modificaciones,
la certificación de inscripción en el registro público correspondiente y la tarjeta de identificación
fiscal. En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano
competente podrá requerir al/a solicitante su presentación, o, en su defecto, la acreditación por
otros medios de los requisitos a que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación
de la propuesta de resolución.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 23.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la
documentación administrativa requerida podrá ser sustituida por una declaración responsable
del solicitante. Con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión, será requerida la
presentación –en un plazo no superior a quince días hábiles- de la documentación que acredite
la realidad de los datos contenidos en la citada declaración.
Las copias de documentos entregados mediante el Registro Electrónico deberán atenerse a lo
contenido en el art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. Firma de la solicitud.
La solicitud, una vez cumplimentada, deberá ser firmada electrónicamente por el representante
legal de la entidad que realiza la misma, mediante alguno de los sistemas de firma electrónica
basados en certificados para garantizar la identificación de los/as solicitantes, y en su caso, la
autenticidad e integridad de los documentos electrónicos.
No se permitirá la firma del procedimiento si la entidad solicitante no hubiese adjuntado los
documentos obligatorios señalados en la presente convocatoria.
La presentación de la solicitud con firma electrónica implicará la conformidad de la entidad
interesada para recibir todas las comunicaciones y notificaciones que se realicen a lo largo de
la tramitación del expediente electrónico a través de dicho Registro Electrónico, y podrá
autorizar a la persona de contacto referida en la solicitud (siempre que ésta sea distinta de la
persona solicitante), para que sea incluida como interesada del procedimiento, a efectos de
notificación y gestión del expediente.
Si la solicitud no fuese firmada por la persona que ostenta la representación legal, deberá
subsanar este aspecto en el plazo indicado para ello en la Base Octava, apartado Instrucción.
CVE:
BOP-2025-850
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de febrero de 2025
N.º 0037
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