Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-850)
BOP-2025-850 Bases Reguladoras Convocatoria Asociaciones Memoria Democrática 2025.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Comunidad Autónoma de Extremadura (derogada en lo que se oponga a lo establecido en la
Ley 3/2019 de Garantía de la Autonomía Local).
La presente convocatoria, denominada “CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
DESTINADAS A ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA RECUPERACIÓN DE LA
MEMORIA HISTÓRICA Y DEMOCRÁTICA EN LA PROVINCIA DE CÁCERES, es conforme a
la normativa sobre subvenciones contenida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones (LGS), en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento General de Subvenciones (RGS), en las Bases de Ejecución del Presupuesto para
el año 2025 de la Diputación Provincial de Cáceres y la Ordenanza General de Subvenciones
(OGS) publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres el 26 de septiembre de 2022,
y en lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas (LPACAP), así como a la normativa existente en materia de
tramitación electrónica, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, la Ley Orgánica 3/2018, de
5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el Real
Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se
regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica, Real
Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad
en el ámbito de la Administración Electrónica y, la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora
de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.
BASE PRIMERA. OBJETO, RÉGIMEN DE CONCESIÓN Y ACTUACIONES
SUBVENCIONABLES.
OBJETO.
El objeto de estas Bases es establecer las normas específicas en el marco de la Ordenanza
General de Subvenciones de esta Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas,
en régimen de concurrencia competitiva, a las asociaciones, fundaciones y demás entidades
privadas sin ánimo de lucro, así como las universidades creadas conforme a la Ley Orgánica
2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y a los organismos públicos de
investigación, para llevar a cabo los siguientes proyectos o iniciativas según lo establecido en
el art. 23 de la Ley 38/2003 que se desarrollen durante 2025.
RÉGIMEN DE CONCESIÓN.
El procedimiento para la concesión de subvenciones será el régimen de concurrencia
competitiva de conformidad con el artículo 15 de la Ordenanza.
CVE:
BOP-2025-850
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de febrero de 2025
N.º 0037
Pág. 4076
Ley 3/2019 de Garantía de la Autonomía Local).
La presente convocatoria, denominada “CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
DESTINADAS A ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA RECUPERACIÓN DE LA
MEMORIA HISTÓRICA Y DEMOCRÁTICA EN LA PROVINCIA DE CÁCERES, es conforme a
la normativa sobre subvenciones contenida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones (LGS), en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento General de Subvenciones (RGS), en las Bases de Ejecución del Presupuesto para
el año 2025 de la Diputación Provincial de Cáceres y la Ordenanza General de Subvenciones
(OGS) publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres el 26 de septiembre de 2022,
y en lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas (LPACAP), así como a la normativa existente en materia de
tramitación electrónica, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, la Ley Orgánica 3/2018, de
5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el Real
Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se
regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica, Real
Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad
en el ámbito de la Administración Electrónica y, la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora
de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.
BASE PRIMERA. OBJETO, RÉGIMEN DE CONCESIÓN Y ACTUACIONES
SUBVENCIONABLES.
OBJETO.
El objeto de estas Bases es establecer las normas específicas en el marco de la Ordenanza
General de Subvenciones de esta Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas,
en régimen de concurrencia competitiva, a las asociaciones, fundaciones y demás entidades
privadas sin ánimo de lucro, así como las universidades creadas conforme a la Ley Orgánica
2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y a los organismos públicos de
investigación, para llevar a cabo los siguientes proyectos o iniciativas según lo establecido en
el art. 23 de la Ley 38/2003 que se desarrollen durante 2025.
RÉGIMEN DE CONCESIÓN.
El procedimiento para la concesión de subvenciones será el régimen de concurrencia
competitiva de conformidad con el artículo 15 de la Ordenanza.
CVE:
BOP-2025-850
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de febrero de 2025
N.º 0037
Pág. 4076