Sección VI - Anuncios particulares. Concesiones. Canal de Isabel II, S.A.. (BOP-2025-819)
BOP-2025-819 Bases libre designación: "Coordinador/a de Producción."
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Nota informativa
Convocatoria. GC00082024
Página 10 de 15
Canal
de
Isabel
II,
Sociedad
Anónima,
M.P.
inscrita
en
el
Registro
Mercantil
de
Madrid
al
Tomo
29.733,
Folio
86,
Sección
8,
Hoja
M-534929.
Inscripción
1ª.
Denominación
en
inscripción
126,
NIF
A86488087,
Domicilio
Social:
C/
Santa
Engracia,
125,
28003
Madrid.
Fase de valoración de experiencia profesional
1. EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo 4 puntos)
Se realizará la valoración de la experiencia profesional conforme a lo indicado en las presentes bases, únicamente
de las candidaturas aprobadas. La puntuación máxima que podrá obtenerse por valoración de experiencia
profesional será de 4 puntos. En el caso de que alguna candidatura sobrepasara este valor, se considerará solo la
puntuación máxima.
La fecha a considerar para la valoración de experiencia profesional será la de finalización del plazo de presentación
de solicitudes indicado en las bases del presente proceso. Los factores valorables son los siguientes:
Experiencia profesional con relación laboral contractual de carácter temporal en Canal de Isabel II -Cáceres,
desarrollando las funciones correspondientes al puesto convocado: 0,060 puntos por mes completo
trabajado.
Experiencia profesional en otras administraciones, empresas, y entidades públicas o privadas con actividades
vinculadas a la gestión del ciclo integral del agua, siempre y cuando se hubieran desarrollado funciones
análogas a las del puesto convocado: 0,035 puntos por mes completo trabajado.
Experiencia profesional con relación laboral contractual de carácter temporal en Canal de Isabel II - Cáceres,
desarrollando funciones distintas a las del puesto convocado: 0,025 puntos por mes completo trabajado.
A efectos de valoración, cada período sólo podrá computar en uno de los apartados anteriores, no siendo
acumulativos.
Se entenderá que realizan actividades vinculadas a la gestión del ciclo integral del agua aquellas entidades que,
de acuerdo con su objeto social, estén incluidas en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE)
bajo los siguientes epígrafes:
36.- CAPTACIÓN, DEPURACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA
360.- Captación, depuración y distribución de agua
3600.- Captación, depuración y distribución de agua
37.- RECOGIDA Y TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
370.- Recogida y tratamiento de aguas residuales
3700.- Recogida y tratamiento de aguas residuales
En todos los casos se considerará que el epígrafe del CNAE de la actividad a la que está vinculada la persona
candidata se deberá corresponder con el de la empresa con la que ha mantenido una relación contractual por
cuenta ajena. En el caso de las personas trabajadoras por cuenta propia, el código de CNAE se corresponderá con
el de la actividad empresarial en la que ha estado registrado. En el caso de administraciones o entidades de
derecho público, se estará a su objeto y competencias de acuerdo con su estatuto, norma de creación o norma
reguladora.
Para la valoración de la experiencia profesional, las personas candidatas que no presenten la titulación requerida
y accedan certificando conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión no se valorarán los 10 primeros
años exigidos en la experiencia requerida. Si las personas candidatas acceden con titulación de uno de los grados
universitarios requeridos sin máster oficial universitario relacionado con la titulación y 5 años de experiencia
acreditada, no se valorarán los 5 primeros años exigidos en la experiencia requerida.
CVE:
BOP-2025-819
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 20 de febrero de 2025
N.º 0035
Pág. 3867
Convocatoria. GC00082024
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Canal
de
Isabel
II,
Sociedad
Anónima,
M.P.
inscrita
en
el
Registro
Mercantil
de
Madrid
al
Tomo
29.733,
Folio
86,
Sección
8,
Hoja
M-534929.
Inscripción
1ª.
Denominación
en
inscripción
126,
NIF
A86488087,
Domicilio
Social:
C/
Santa
Engracia,
125,
28003
Madrid.
Fase de valoración de experiencia profesional
1. EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo 4 puntos)
Se realizará la valoración de la experiencia profesional conforme a lo indicado en las presentes bases, únicamente
de las candidaturas aprobadas. La puntuación máxima que podrá obtenerse por valoración de experiencia
profesional será de 4 puntos. En el caso de que alguna candidatura sobrepasara este valor, se considerará solo la
puntuación máxima.
La fecha a considerar para la valoración de experiencia profesional será la de finalización del plazo de presentación
de solicitudes indicado en las bases del presente proceso. Los factores valorables son los siguientes:
Experiencia profesional con relación laboral contractual de carácter temporal en Canal de Isabel II -Cáceres,
desarrollando las funciones correspondientes al puesto convocado: 0,060 puntos por mes completo
trabajado.
Experiencia profesional en otras administraciones, empresas, y entidades públicas o privadas con actividades
vinculadas a la gestión del ciclo integral del agua, siempre y cuando se hubieran desarrollado funciones
análogas a las del puesto convocado: 0,035 puntos por mes completo trabajado.
Experiencia profesional con relación laboral contractual de carácter temporal en Canal de Isabel II - Cáceres,
desarrollando funciones distintas a las del puesto convocado: 0,025 puntos por mes completo trabajado.
A efectos de valoración, cada período sólo podrá computar en uno de los apartados anteriores, no siendo
acumulativos.
Se entenderá que realizan actividades vinculadas a la gestión del ciclo integral del agua aquellas entidades que,
de acuerdo con su objeto social, estén incluidas en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE)
bajo los siguientes epígrafes:
36.- CAPTACIÓN, DEPURACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA
360.- Captación, depuración y distribución de agua
3600.- Captación, depuración y distribución de agua
37.- RECOGIDA Y TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
370.- Recogida y tratamiento de aguas residuales
3700.- Recogida y tratamiento de aguas residuales
En todos los casos se considerará que el epígrafe del CNAE de la actividad a la que está vinculada la persona
candidata se deberá corresponder con el de la empresa con la que ha mantenido una relación contractual por
cuenta ajena. En el caso de las personas trabajadoras por cuenta propia, el código de CNAE se corresponderá con
el de la actividad empresarial en la que ha estado registrado. En el caso de administraciones o entidades de
derecho público, se estará a su objeto y competencias de acuerdo con su estatuto, norma de creación o norma
reguladora.
Para la valoración de la experiencia profesional, las personas candidatas que no presenten la titulación requerida
y accedan certificando conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión no se valorarán los 10 primeros
años exigidos en la experiencia requerida. Si las personas candidatas acceden con titulación de uno de los grados
universitarios requeridos sin máster oficial universitario relacionado con la titulación y 5 años de experiencia
acreditada, no se valorarán los 5 primeros años exigidos en la experiencia requerida.
CVE:
BOP-2025-819
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 20 de febrero de 2025
N.º 0035
Pág. 3867