Sección VI - Anuncios particulares. Concesiones. Canal de Isabel II, S.A.. (BOP-2025-818)
BOP-2025-818 Bases libre designación: "Analista Laboratorio - Titulado/a Medio/a."
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Nota informativa
Convocatoria. GC00102024
Página 6 de 13
Canal
de
Isabel
II,
Sociedad
Anónima,
M.P.
inscrita
en
el
Registro
Mercantil
de
Madrid
al
Tomo
29.733,
Folio
86,
Sección
8,
Hoja
M-534929.
Inscripción
1ª.
Denominación
en
inscripción
126,
NIF
A86488087,
Domicilio
Social:
C/
Santa
Engracia,
125,
28003
Madrid.
valoración de experiencia profesional, y la fase de evaluación de potencial y competencias, las personas candidatas
podrán reclamar los resultados provisionales. En cada periodo de reclamación no se podrá reclamar contra fases
que ya hayan estado incluidas en periodos de reclamación anteriores. En el caso de que las personas candidatas
efectúen reclamaciones, deberán formularlas en el plazo de dos días hábiles desde supublicaciónante el órganode
selección a la dirección de correo electrónico: rrhh@canalcaceres.es También podrán entregar su solicitud en la
delegación de Canal de Isabel II-Cáceres en la Avda. Virgen de Guadalupe N.º 43 (Edificio El Perú)-1ª Planta 10001
CÁCERES.
La publicación del listado definitivo ordenada de mayor a menor, con la puntuación total de las pruebas teórico –
prácticas, de la valoración de experiencia profesional, y la evaluación de potencial y competencias, de las
candidaturas aprobadas, hará las veces a la persona interesada, para su posible reclamación o subsanación, de
comunicación oficial sobre la resolución adoptada por Canal de Isabel II – Cáceres.
Contra las actuaciones del órgano de selección, las personas aspirantes podrán reclamar en el plazo de dos días
hábiles ante dicho órgano en primera instancia, y, ante su resolución, podrán reclamar ante la delegación de
Cáceres en el plazo de dos días hábiles, y, ante su resolución, ejercitar las acciones legales pertinentes.
El órgano de selección atenderá convenientemente a las reclamaciones que se le presenten.
Las reclamaciones serán respondidas al correo electrónico señalado por la persona candidata a efectos de
notificaciones.
3.- ÓRGANO DE SELECCIÓN
El Órgano de Selección designado para la evaluación y resolución de este proceso estará compuesto por los
siguientes miembros:
4.- PROCESO DE INCORPORACIÓN
Una vez finalizadas la totalidad de las fases que componen el proceso selectivo, la Delegación de Cáceres hará
público el listado de aspirantes propuestos para cubrir la plaza convocada.
La plaza estará destinada a la candidatura que obtenga la mayor puntuación tras sumar las calificaciones de las
diferentes fases superadas.
En caso de igualdad en las puntuaciones finales, se aplicarán sucesivamente los siguientes criterios de desempate:
1. Persona trabajadora que haya acreditado discapacidad legalmente reconocida en el art. 4.2 del R.D. L.
1/2013 de 29 de noviembre, o norma que lo sustituya.
2. Mayor puntuación en las pruebas teórico-prácticas. En el resultado de estas pruebas, se considerarán hasta
2 decimales.
3. Mayor puntuación en las pruebas de evaluación de potencial y competencias.
4. Mayor puntuación en la valoración de méritos. En el resultado de esta valoración, se considerarán hasta 2
decimales.
Titulares Suplentes
Presidente:
María Fernanda Lorenzo Galán Carlos Fondón Zancada
Vocal:
Jose Luis Castaño Cabañas Jose Antonio López Lara
Vocal:
Miguel Ángel Moreno Amado Carlos Fondón Zancada
CVE:
BOP-2025-818
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 20 de febrero de 2025
N.º 0035
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Convocatoria. GC00102024
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Canal
de
Isabel
II,
Sociedad
Anónima,
M.P.
inscrita
en
el
Registro
Mercantil
de
Madrid
al
Tomo
29.733,
Folio
86,
Sección
8,
Hoja
M-534929.
Inscripción
1ª.
Denominación
en
inscripción
126,
NIF
A86488087,
Domicilio
Social:
C/
Santa
Engracia,
125,
28003
Madrid.
valoración de experiencia profesional, y la fase de evaluación de potencial y competencias, las personas candidatas
podrán reclamar los resultados provisionales. En cada periodo de reclamación no se podrá reclamar contra fases
que ya hayan estado incluidas en periodos de reclamación anteriores. En el caso de que las personas candidatas
efectúen reclamaciones, deberán formularlas en el plazo de dos días hábiles desde supublicaciónante el órganode
selección a la dirección de correo electrónico: rrhh@canalcaceres.es También podrán entregar su solicitud en la
delegación de Canal de Isabel II-Cáceres en la Avda. Virgen de Guadalupe N.º 43 (Edificio El Perú)-1ª Planta 10001
CÁCERES.
La publicación del listado definitivo ordenada de mayor a menor, con la puntuación total de las pruebas teórico –
prácticas, de la valoración de experiencia profesional, y la evaluación de potencial y competencias, de las
candidaturas aprobadas, hará las veces a la persona interesada, para su posible reclamación o subsanación, de
comunicación oficial sobre la resolución adoptada por Canal de Isabel II – Cáceres.
Contra las actuaciones del órgano de selección, las personas aspirantes podrán reclamar en el plazo de dos días
hábiles ante dicho órgano en primera instancia, y, ante su resolución, podrán reclamar ante la delegación de
Cáceres en el plazo de dos días hábiles, y, ante su resolución, ejercitar las acciones legales pertinentes.
El órgano de selección atenderá convenientemente a las reclamaciones que se le presenten.
Las reclamaciones serán respondidas al correo electrónico señalado por la persona candidata a efectos de
notificaciones.
3.- ÓRGANO DE SELECCIÓN
El Órgano de Selección designado para la evaluación y resolución de este proceso estará compuesto por los
siguientes miembros:
4.- PROCESO DE INCORPORACIÓN
Una vez finalizadas la totalidad de las fases que componen el proceso selectivo, la Delegación de Cáceres hará
público el listado de aspirantes propuestos para cubrir la plaza convocada.
La plaza estará destinada a la candidatura que obtenga la mayor puntuación tras sumar las calificaciones de las
diferentes fases superadas.
En caso de igualdad en las puntuaciones finales, se aplicarán sucesivamente los siguientes criterios de desempate:
1. Persona trabajadora que haya acreditado discapacidad legalmente reconocida en el art. 4.2 del R.D. L.
1/2013 de 29 de noviembre, o norma que lo sustituya.
2. Mayor puntuación en las pruebas teórico-prácticas. En el resultado de estas pruebas, se considerarán hasta
2 decimales.
3. Mayor puntuación en las pruebas de evaluación de potencial y competencias.
4. Mayor puntuación en la valoración de méritos. En el resultado de esta valoración, se considerarán hasta 2
decimales.
Titulares Suplentes
Presidente:
María Fernanda Lorenzo Galán Carlos Fondón Zancada
Vocal:
Jose Luis Castaño Cabañas Jose Antonio López Lara
Vocal:
Miguel Ángel Moreno Amado Carlos Fondón Zancada
CVE:
BOP-2025-818
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 20 de febrero de 2025
N.º 0035
Pág. 3849