Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serradilla. (BOP-2025-772)
BOP-2025-772 Convocatoria para la concesión de subvenciones a Asociaciones Locales 2025
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e) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
f) Adquisición de bienes de inversión o inventariables.
El importe de la subvención no podrá superar el 100% del presupuesto de la actividad,
con un máximo de 600 euros por Asociación.
El plazo de ejecución del proyecto o actividad subvencionada será desde el 1 de enero
de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.
Los gastos deberán realizarse dentro del periodo de ejecución y los pagos
correspondientes a los mismos podrán realizarse hasta la finalización del periodo de
justificación.
La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los
principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no
discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la
asignación y utilización de los recursos públicos.
4. Requisitos para Solicitar la Subvención y Forma de Acreditarlos
Serán requisitos para que las asociaciones puedan obtener la condición de
beneficiario/a de la subvención, los siguientes:
- Haber presentado justificación de gastos y memorias correspondientes a las
subvenciones recibidas con anterioridad del Ayuntamiento de Serradilla..
- Estar al corriente en el cumplimento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad
Social y con el Ayuntamiento de Serradilla.
- No encontrarse incursas las asociaciones en alguna de las circunstancias previstas en
el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
- Tener la sede de la asociación en la localidad de Serradilla.
5. Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento
El órgano competente para la instrucción del expediente es la Alcaldía.
Éste solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las
solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el
artículo 24 de la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones.
El órgano competente para resolver será la Alcaldía
Ayuntamiento de Serradilla
Plaza de la Constitución, 1, Serradilla. 10530 (Cáceres). Tfno. 927407002. Fax: 927407163
Cód.
Validación:
5KDHEYQSA3GEFWHAYQR9HE6GA
Verificación:
https://serradilla.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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3
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15
CVE:
BOP-2025-772
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de febrero de 2025
N.º 0034
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