Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Tajosalor. (BOP-2025-754)
BOP-2025-754 Bases Plaza Psicólogo/a Programa Atención a las familias.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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En el supuesto de la Experiencia laboral se deberá presentar además del contrato de trabajo, la
vida laboral del trabajador/a expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
NOVENA. Calificación.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y la obtenida
en la fase de concurso.
En caso de que haya coincidencia de puntuaciones, el empate se dirimirá siguiendo los
siguientes criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
2. En caso de que persista el empate, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el
apartado de experiencia profesional apartado 3.1) y si continua el empate se tendrá en cuenta
la mayor puntuación obtenida en el apartado 3.2).
3. Si persiste el empate, este se dirimirá por sorteo mediante la aplicación informática:
https://www.sortea2.com/sorteos
que celebrará el tribunal en el momento de conocer el empate.
DÉCIMA. Relación de aprobados/as, acreditación de requisitos exigidos y formalización del
contrato.
Concluidas las pruebas, se elevará al órgano competente propuesta del/a candidato/a para la
formalización del contrato, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas
convocadas. Quedando como suplentes (bolsa) el resto de aspirantes por orden de la
puntuación obtenida. Cualquier propuesta de aprobados/as que contravenga lo anteriormente
establecido será nula de pleno derecho.
El órgano competente procederá a la formalización del contrato previa acreditación de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, mediante fotocopias
compulsadas.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda,
en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la
representación legal de los/as trabajadores/as, mediante entrega de una copia básica de los
contratos celebrados.
CVE:
BOP-2025-754
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de febrero de 2025
N.º 0033
Pág. 3632
vida laboral del trabajador/a expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
NOVENA. Calificación.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y la obtenida
en la fase de concurso.
En caso de que haya coincidencia de puntuaciones, el empate se dirimirá siguiendo los
siguientes criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
2. En caso de que persista el empate, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el
apartado de experiencia profesional apartado 3.1) y si continua el empate se tendrá en cuenta
la mayor puntuación obtenida en el apartado 3.2).
3. Si persiste el empate, este se dirimirá por sorteo mediante la aplicación informática:
https://www.sortea2.com/sorteos
que celebrará el tribunal en el momento de conocer el empate.
DÉCIMA. Relación de aprobados/as, acreditación de requisitos exigidos y formalización del
contrato.
Concluidas las pruebas, se elevará al órgano competente propuesta del/a candidato/a para la
formalización del contrato, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas
convocadas. Quedando como suplentes (bolsa) el resto de aspirantes por orden de la
puntuación obtenida. Cualquier propuesta de aprobados/as que contravenga lo anteriormente
establecido será nula de pleno derecho.
El órgano competente procederá a la formalización del contrato previa acreditación de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, mediante fotocopias
compulsadas.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda,
en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la
representación legal de los/as trabajadores/as, mediante entrega de una copia básica de los
contratos celebrados.
CVE:
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Verificable
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Martes, 18 de febrero de 2025
N.º 0033
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