Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pozuelo de Zarzón. (BOP-2025-734)
BOP-2025-734 Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza municipal reguladora de Tasa por la Utilización Privativa y/o Aprovechamiento Especial de Edificios Municipales.
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HECHO IMPONIBLE.
Artículo 2.
Constituye el hecho imponible de la tasa, la utilización privativa y/o aprovechamiento especial
de la Nave Municipal, situada en la Calle Ajales, s/n., de Pozuelo de Zarzón y la caseta sita en
la ermita de Santa María.
SUJETOS PASIVOS.
Artículo 3.
Son sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se
refiere el art. 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria que soliciten y
obtengan la utilización de los bienes que figuran en el art.1 de esta ordenanza, y que se
desarrolla en el art.5.
RESPONSABLES.
Artículo 4.
Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas
físicas y jurídicas a que se refieren los art. 41 y 42 de la Ley General Tributaria.
CUOTA TRIBUTARIA.
Artículo 5.
La cuota tributaria se determinará por cada día de utilización.
La tarifa por la utilización de la nave municipal será una cuota fija de 70 euros.
Cuando la nave municipal la utilicen las asociaciones municipales para la realización de
actividades que redunden en beneficio del colectivo de vecinos NO pagarán la tarifa señalada.
Se exigirá una FIANZA de 200,00 euros por su utilización, que se depositará con carácter
previo a la utilización de la nave municipal. La fianza se devolverá una vez que se compruebe
que la nave se deja en perfectas condiciones, tanto de limpieza como de funcionamiento de
aparatos/enseres que haya en la misma, para ello el Ayuntamiento enviará un operario
municipal que informará FAVORABLE/DESFAVORABLE el cumplimiento de entregar el bien
en perfectas condiciones, en caso de que sea favorable la supervisión del bien, la fianza será
devuelta.
CVE:
BOP-2025-734
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 17 de febrero de 2025
N.º 0032
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