Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2025-664)
BOP-2025-664 Bolsa de trabajo Auxiliares Camarero/a/Limpiador/a Residencia de Mayores.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores/as
especialistas, en aquellas pruebas que consideren necesario y/o para aquellos aspectos
concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su
función se circunscribe a un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no
participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los asesores deberán guardar sigilo y
confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a
consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo de las pruebas, que actuará
bajo su dirección, cuando la complejidad del proceso selectivo lo aconseje.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos
23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
OCTAVA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: OPOSICIÓN.
La fase de oposición consistirá en la realización de una prueba de aptitud para los/as
aspirantes.
Los/as aspirantes serán convocados/as en llamamiento único, siendo excluidos/as de la
oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y
libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/as opositores/as para que acrediten su
personalidad.
Los/as candidatos/as deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de
conducir.
La práctica de la prueba será eliminatoria, calificándose hasta un máximo de 20 puntos.
El ejercicio de la oposición será el siguiente:
Consistirá en responder un cuestionario de veinte preguntas tipo test. El test constará de cuatro
respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, en treinta minutos, y se calificará con
un punto cada pregunta correcta, cero puntos la contestada erróneamente, las no contestadas
CVE:
BOP-2025-664
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de febrero de 2025
N.º 0029
Pág. 3155
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores/as
especialistas, en aquellas pruebas que consideren necesario y/o para aquellos aspectos
concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su
función se circunscribe a un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no
participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los asesores deberán guardar sigilo y
confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a
consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo de las pruebas, que actuará
bajo su dirección, cuando la complejidad del proceso selectivo lo aconseje.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos
23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
OCTAVA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: OPOSICIÓN.
La fase de oposición consistirá en la realización de una prueba de aptitud para los/as
aspirantes.
Los/as aspirantes serán convocados/as en llamamiento único, siendo excluidos/as de la
oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y
libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/as opositores/as para que acrediten su
personalidad.
Los/as candidatos/as deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de
conducir.
La práctica de la prueba será eliminatoria, calificándose hasta un máximo de 20 puntos.
El ejercicio de la oposición será el siguiente:
Consistirá en responder un cuestionario de veinte preguntas tipo test. El test constará de cuatro
respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, en treinta minutos, y se calificará con
un punto cada pregunta correcta, cero puntos la contestada erróneamente, las no contestadas
CVE:
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