Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas del Castañar. (BOP-2025-625)
BOP-2025-625 Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Tasa Cementerio Municipal.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Casas del Castañar
ANUNCIO. Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Tasa Cementerio
Municipal.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de 18 de diciembre de
2024 de modificación del artículo 6 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa del
cementerio municipal, cuyo texto se hace público, para su general conocimiento y en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, queda redactado del
siguiente modo:
Artículo 6. Cuota Tributaria.
- La cuota tributaria queda fijada en la cantidad de 500 Euros por nicho, y los restantes nichos
que ocupen para la incineración y restos será de 200 Euros y serán de tamaño reducido.
- Cuando el difunto no pertenezca a la familia del/a propietario/a del nicho, tumba o panteón,
los derechos se entierro aumentarán el 30%.
- Derechos de traspaso:
a) Entre familiares de 1º. y 2º. grado.
- Por cada nicho: 200 euros.
- Por cada tumba o panteón: 200 Euros.
b) Entre los/as demás familiares y particulares.
- Por cada nicho 250 euros.
- Por cada tumba o panteón: 250 euros.
CVE:
BOP-2025-625
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 10 de febrero de 2025
N.º 0027
Pág. 2931
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Casas del Castañar
ANUNCIO. Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Tasa Cementerio
Municipal.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de 18 de diciembre de
2024 de modificación del artículo 6 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa del
cementerio municipal, cuyo texto se hace público, para su general conocimiento y en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, queda redactado del
siguiente modo:
Artículo 6. Cuota Tributaria.
- La cuota tributaria queda fijada en la cantidad de 500 Euros por nicho, y los restantes nichos
que ocupen para la incineración y restos será de 200 Euros y serán de tamaño reducido.
- Cuando el difunto no pertenezca a la familia del/a propietario/a del nicho, tumba o panteón,
los derechos se entierro aumentarán el 30%.
- Derechos de traspaso:
a) Entre familiares de 1º. y 2º. grado.
- Por cada nicho: 200 euros.
- Por cada tumba o panteón: 200 Euros.
b) Entre los/as demás familiares y particulares.
- Por cada nicho 250 euros.
- Por cada tumba o panteón: 250 euros.
CVE:
BOP-2025-625
Verificable
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Lunes, 10 de febrero de 2025
N.º 0027
Pág. 2931