Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-618)
BOP-2025-618 Acuerdo de inicio del procedimiento de venta para sacrificio/cebadero de ganado bovino de las razas Avileña, Charolesa y Blanca Cacereña, procedentes de la finca "Haza de la Concepción" de Malpartida de Plasencia.
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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 118 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que
se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, se procede a realizar el siguiente informe de
valoración:
* Consideraciones Generales:
El precio empleado para el ganado que habrá de regir la adjudicación, es fijado como tipo de licitación de
referencia, (IVA excluido).
Asimismo, correrán por cuenta del adjudicatario los gastos derivados de los necesarios desplazamientos del
ganado desde la finca “Haza de la Concepción” hasta su destino, los cuales se entienden comprendidos en
el precio de adjudicación.
*Consideraciones Específicas:
1.- Como base para la determinación del precio de referencia se utilizan los precios fijados en la sesión del
día 7 de febrero de 2025 de la “Mesa de Vacuno de la Lonja Agropecuaria de Extremadura”,
correspondiente al tipo del ganado a enajenar. Si en la citada sesión no existiera precio de cotización por
alguna de las razas puestas en venta, se tomará como referencia la última sesión en la que se hubiera
determinado precio mínimo para esa raza. Se adjunta a este informe hoja de cotización.
Dadas las características del ganado, el precio aplicado es el correspondiente a cada categoría.
2.- Efectuada la media, al precio obtenido se le aplica el factor de corrección que corresponde al
rendimiento cárnico de la raza y sexo de cada lote y ello, toda vez que en la Mesa de Precios de referencia
se determina el precio / kg. canal y, sin embargo, la enajenación se efectúa peso / kg. Vivo.
3.- Al Precio Peso Kilogramo Vivo obtenido, tomando como referencia la Mesa de Vacuno, se le aplican los
siguientes factores de corrección, derivados del mercado:
a) Fluctuación de hasta un 10% (+ -) respecto al precio de Lonja, según oferta y demanda.
b) Obligación del adjudicatario de retirar los animales en lotes cerrados.
c) Imposibilidad de aplazamiento de pago.
4.- En el caso de que los adjudicatarios coincidan en la misma oferta en uno o más lotes, la enajenación se
adjudicará a la oferta global más ventajosa. En el caso de que todas las ofertas fueran por el mismo importe,
se procederá al reparto de los lotes de forma proporcional entre los participantes.
SECCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA – Ronda San Francisco, s/n – Edificio “Julián Murillo” – 10002 Cáceres
DIR: LA0009150 Unidad Agropecuaria – Tlf: 927 25 56 31 y 927 25 55 06 – Email: agropecuaria@dip-caceres.es
CVE:
BOP-2025-618
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 10 de febrero de 2025
N.º 0027
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