Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carcaboso. (BOP-2025-461)
BOP-2025-461 Convocatoria para la adjudicación de una licencia de uso común especial del dominio público a fin de que se instale y explote una barra de bar en diversas fiestas y eventos que se celebrarán en Carcaboso en 2025.
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San Cristóbal: el sábado, 12 de julio de 2025, y la
madrugada del domingo, 13 de julio de 2025.
Santiago Apóstol: del viernes, 25 de julio de 2025,
al domingo, 27 de julio de 2025 (ambos
incluidos).
Semana Cultural: del lunes, 4 de agosto de 2025,
al domingo, 10 de agosto de 2025 (ambos
incluidos).
San Jovita: del jueves, 18 de septiembre de 2025,
al lunes, 22 de septiembre de 2025 (ambos
incluidos).
Observaciones
El Ayuntamiento de Carcaboso determinará el lugar
concreto y la superficie a ocupar de la vía pública o del
inmueble.
Si a lo largo del año 2025 la corporación municipal
realizara cualquier otra fiesta o evento, el/la autorizado/a
podrá instalar una barra de bar sin necesidad de
incrementar el canon ofertado, siempre que el
ayuntamiento lo autorice expresamente.
Corresponde al/a la autorizado/a, seleccionado/a en los términos de las presentes
bases, la instalación y explotación a su riesgo y ventura de la barra de bar, así como
los gastos de montaje y desmontaje. La instalación, explotación y el desmontaje de la
barra de bar no comportará ningún gasto para el Ayuntamiento de Carcaboso.
SEGUNDA. Naturaleza de la autorización
La autorización municipal consiste en una licencia de uso común especial de bienes
de dominio público conforme a lo dispuesto en el artículo 77 del Real Decreto
1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las
Entidades Locales.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 77.2 del precitado Real Decreto 1372/1986,
teniendo en cuenta que el número de licencias es limitado, deberá acudirse a la
licitación de la misma.
La licencia demanial se concederá salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros y respetando los requisitos preceptivos para el desarrollo de la actividad.
La licencia demanial que es objeto de las presentes bases se otorgará de acuerdo con
lo previsto en las mismas. En todo aquello no previsto en las presentes bases será de
aplicación lo dispuesto en la siguiente normativa:
Artículos 92 y 96 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas (en adelante L 33/2003).
CIF P1004800G ● DIR3 L01100475 ● Carretera de Plasencia, 22 ● 10670 Carcaboso (Cáceres)
Teléfono 927 402 002 ● Correo electrónico administrativo@carcaboso.es
Cód.
Validación:
5YE5DRWAYR3JMRZ6K3GMJZMCF
Verificación:
https://ayuntamientocarcaboso.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2025-461
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 31 de enero de 2025
N.º 0021
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San Cristóbal: el sábado, 12 de julio de 2025, y la
madrugada del domingo, 13 de julio de 2025.
Santiago Apóstol: del viernes, 25 de julio de 2025,
al domingo, 27 de julio de 2025 (ambos
incluidos).
Semana Cultural: del lunes, 4 de agosto de 2025,
al domingo, 10 de agosto de 2025 (ambos
incluidos).
San Jovita: del jueves, 18 de septiembre de 2025,
al lunes, 22 de septiembre de 2025 (ambos
incluidos).
Observaciones
El Ayuntamiento de Carcaboso determinará el lugar
concreto y la superficie a ocupar de la vía pública o del
inmueble.
Si a lo largo del año 2025 la corporación municipal
realizara cualquier otra fiesta o evento, el/la autorizado/a
podrá instalar una barra de bar sin necesidad de
incrementar el canon ofertado, siempre que el
ayuntamiento lo autorice expresamente.
Corresponde al/a la autorizado/a, seleccionado/a en los términos de las presentes
bases, la instalación y explotación a su riesgo y ventura de la barra de bar, así como
los gastos de montaje y desmontaje. La instalación, explotación y el desmontaje de la
barra de bar no comportará ningún gasto para el Ayuntamiento de Carcaboso.
SEGUNDA. Naturaleza de la autorización
La autorización municipal consiste en una licencia de uso común especial de bienes
de dominio público conforme a lo dispuesto en el artículo 77 del Real Decreto
1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las
Entidades Locales.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 77.2 del precitado Real Decreto 1372/1986,
teniendo en cuenta que el número de licencias es limitado, deberá acudirse a la
licitación de la misma.
La licencia demanial se concederá salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros y respetando los requisitos preceptivos para el desarrollo de la actividad.
La licencia demanial que es objeto de las presentes bases se otorgará de acuerdo con
lo previsto en las mismas. En todo aquello no previsto en las presentes bases será de
aplicación lo dispuesto en la siguiente normativa:
Artículos 92 y 96 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas (en adelante L 33/2003).
CIF P1004800G ● DIR3 L01100475 ● Carretera de Plasencia, 22 ● 10670 Carcaboso (Cáceres)
Teléfono 927 402 002 ● Correo electrónico administrativo@carcaboso.es
Cód.
Validación:
5YE5DRWAYR3JMRZ6K3GMJZMCF
Verificación:
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N.º 0021
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