Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2025-419)
BOP-2025-419 Aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2025.
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públicos esenciales por cuanto de ella depende en buena medida el desarrollo económico del
municipio acorde con el interés general. Así, de las competencias propias que relaciona en
primer lugar el artículo 25 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, cabe citar como relacionadas con la plaza de alguacil, la urbanística y la
medioambiental, el abastecimiento de aguas, policía local, protección civil, prevención y
extinción de incendios, tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad, protección de la
salubridad pública y cementerios y actividades funerarias. La Ley de Bases no hace otra cosa
que instrumentalizar las competencias propias del municipio necesarias para la plena
efectividad de lo establecido en la Constitución. En definitiva, todas las funciones que hoy en
día asume un/a Alguacil de Servicios Múltiples en una Administración Local son funciones
esenciales en la comunidad y en las actuales circunstancias, teniendo en consideración que el
Ayuntamiento de Membrío no dispone de personal suficiente y adecuado, que pueda atender el
volumen de trabajo que requieren todas las áreas en las que actúa, y ante la ya existente carga
de trabajo que se va acumulando paulatinamente, y la que previsiblemente se acumulará ante
la falta de Alguacil - Vigilante municipal, es necesario seleccionar un/a funcionario/a, para
poder cumplir adecuadamente las funciones propias del puesto de trabajo.
Resultando que por esta Alcaldía se ordenó la incoación de expediente para la aprobación de
la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2025.
Considerando que de conformidad con lo previsto en el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-, y 128 del Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 18 de abril -TRRL-, las Entidades Locales aprobarán y publicarán su
Oferta de Empleo Público dentro del plazo de un mes desde la aprobación de su Presupuesto,
ajustándose a la legislación básica del Estado sobre función pública y a los criterios que
reglamentariamente se establezcan en desarrollo de la normativa básica estatal, para su
debida coordinación con las ofertas de empleo del resto de las Administraciones Públicas.
Aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de diciembre de
2024, el Presupuesto Municipal para el año 2025, junto con las Bases de Ejecución y la
Plantilla de Personal de esta Corporación para dicho Ejercicio.
Considerando que la aprobación de la Oferta de Empleo Público corresponde a la alcaldía, en
virtud de lo previsto en el artículo 22.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local. Por tanto, constando en el expediente Informe de Secretaría-Intervención
de fecha 17 de enero de 2025 y dándose cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 37, 61,
69 y 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a, en relación con las plazas
CVE:
BOP-2025-419
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Jueves, 30 de enero de 2025
N.º 0020
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