Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2025-341)
BOP-2025-341 Expediente de revisión de oficio de la Ordenanza Fiscal n.º 13 por la ocupación o aprovechamiento especial de terrenos de uso público.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Plasencia
EDICTO. Expediente de revisión de oficio de la Ordenanza Fiscal n.º 13 por la
ocupación o aprovechamiento especial de terrenos de uso público.
El Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de enero de
2.025 acordó:
"Primero. Declarar la nulidad del Acuerdo Plenario de fecha 29 de octubre de 2020 de
establecimiento, modificación y derogación de ordenanzas fiscales para el ejercicio 2021,
respecto a la Ordenanza Fiscal n.º 13 por la ocupación o aprovechamiento especial de terrenos
de uso público: TARIFA SÉPTIMA, TARIFA OCTAVA, APARTADO 1 Y TARIFA NOVENA.
Segundo. Publicar el Acuerdo de nulidad del acto administrativo en el Boletín Oficial de la
Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento por plazo de treinta días, a efectos de
quiénes pudieran tenerse por interesado/a en dicho expediente, puedan comparecer y formular
cuantas alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente."
Dando debido cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, el expediente se somete a información pública por el plazo de treinta días a contar
desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres a efecto de que los/as legitimados/as del artículo 18 de la citada disposición, puedan
examinar el expediente y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
El expediente está a disposición de los/as interesados/as en la Secretaría del Ayuntamiento
sita en la C/ Rey n.º 6 de la ciudad de Plasencia, sin perjuicio de que pueda ser consultado en
el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento:
https://sede.plasencia.es
Las reclamaciones deberán dirigirse al Alcalde de Plasencia y presentarse en el Registro
General del Ayuntamiento o en cualquier Registro de los que se citan en el artículo 16 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
CVE:
BOP-2025-341
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de enero de 2025
N.º 0017
Pág. 1809
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Plasencia
EDICTO. Expediente de revisión de oficio de la Ordenanza Fiscal n.º 13 por la
ocupación o aprovechamiento especial de terrenos de uso público.
El Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de enero de
2.025 acordó:
"Primero. Declarar la nulidad del Acuerdo Plenario de fecha 29 de octubre de 2020 de
establecimiento, modificación y derogación de ordenanzas fiscales para el ejercicio 2021,
respecto a la Ordenanza Fiscal n.º 13 por la ocupación o aprovechamiento especial de terrenos
de uso público: TARIFA SÉPTIMA, TARIFA OCTAVA, APARTADO 1 Y TARIFA NOVENA.
Segundo. Publicar el Acuerdo de nulidad del acto administrativo en el Boletín Oficial de la
Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento por plazo de treinta días, a efectos de
quiénes pudieran tenerse por interesado/a en dicho expediente, puedan comparecer y formular
cuantas alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente."
Dando debido cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, el expediente se somete a información pública por el plazo de treinta días a contar
desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres a efecto de que los/as legitimados/as del artículo 18 de la citada disposición, puedan
examinar el expediente y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
El expediente está a disposición de los/as interesados/as en la Secretaría del Ayuntamiento
sita en la C/ Rey n.º 6 de la ciudad de Plasencia, sin perjuicio de que pueda ser consultado en
el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento:
https://sede.plasencia.es
Las reclamaciones deberán dirigirse al Alcalde de Plasencia y presentarse en el Registro
General del Ayuntamiento o en cualquier Registro de los que se citan en el artículo 16 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
CVE:
BOP-2025-341
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de enero de 2025
N.º 0017
Pág. 1809