Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2025-335)
BOP-2025-335 Bases Reguladoras Premios Concursos Carnaval 2025.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Casar de Cáceres
2.3. El recorrido saldrá desde la Plaza de España, Calle Larga Alta, Paseo de
Extremadura hasta la Caseta Municipal (Plaza Sancho IV)
2.4. Abandonar el recorrido del desfile antes que termine supondrá la
descalificación.
2.5. Los lugares para realizar la coreografía en su totalidad serán en Plaza de
España y cruce del Bar “La Ronda”.
3.- PREMIOS: Se establecen los siguientes premios:
1º Premio 400 euros
2º Premio 300 euros
3º Premio 150 euros
Premio a la mejor comparsa Juvenill (de 12 a 18 años incluidos) 100
euros
Premio mejor disfraz individual 60 euros
Premio Mejor disfraz pareja: 70 euros
Cada comparsa con un mínimo de 5 participantes, excepto ganadores, recibirá una
gratificación de 50 euros.
4.- RESOLUCIÓN: Los ganadores se darán a conocer y se entregarán los premios
en la Caseta Municipal tras el desfile de Comparsa Adultas y valoración del jurado a
partir de las 23.30 horas.
Los premios podrán declararse desiertos si el jurado lo estima conveniente.
5.- COMPOSICIÓN DEL JURADO: Estará formado por personal de la Universidad
Popular y profesionales de las artes escénicas y/o asociaciones locales.
El jurado valorará: originalidad de la puesta en escena, el trabajo de elaboración, los
complementos, la coreografía, la armonía, la organización y coordinación de la
comparsa.
6.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES: con la participación en el concurso se entiende
la plena aceptación de todas y cada una de las bases expuestas con anterioridad.
De conformidad con los artículos 101.7 LIRPF y 99 RIRPF que disponen la
retención a practicar sobre los premios en metálico, será aplicable el 19 % de su
importe, si bien el artículo 75.3.f) RIRPF señala que no existirá obligación de
Ayuntamiento de Casar de Cáceres
Plaza España, 1, Casar de Cáceres. 10190 (Cáceres). Tfno. 927290002. Fax: 927291064
Cód.
Validación:
69542MTDXWG6LK2YW6DTEAF3D
Verificación:
https://casardecaceres.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
8
de
12
CVE:
BOP-2025-335
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de enero de 2025
N.º 0017
Pág. 1777