Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2025-229)
BOP-2025-229 Bases generales y programa por los que se regirá el procedimiento para proveer una plaza de Administrador/a de Cementerio del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia (Personal Laboral Fijo) mediante el procedimiento de Oposición Libre (OEP 2024).
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1.5.- Régimen de incompatibilidad.
Estará, además, sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
2.1.- Requisitos.
Para tomar parte en estas pruebas selectivas será necesario reunir las siguientes
condiciones:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de unos de los restantes Estados
miembros de la Unión Europea, así como sus cónyuges, siempre que no estén
separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o
mayores de dicha edad dependiente. Igualmente, las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España en los que sean de aplicación la libre
circulación de trabajadores. Y los extranjeros con residencia legal en España.
b) Tener cumplido los 16 años de edad y no exceder de la edad legal de
jubilación.
c) Estar en posesión del Título de Bachillerato o equivalente.
En el caso de que la titulación se haya obtenido en el extranjero deberá estarse
en posesión de la credencial que acredite su homologación.
d) Carné de conducir B1
e) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto a que
se aspira.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que
hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
g) Los nacionales de los demás Estados a que hace referencia el apartado a) y
los demás extranjeros/as deberán acreditar, además de su nacionalidad, los
requisitos a que así mismo hacen referencia los apartados anteriores. Dicha
acreditación se efectuará mediante certificados expedidos por las autoridades
competentes.
2.2.- Momento del cumplimiento de requisitos.
Dichos requisitos deberán reunirse el día en que finalice el plazo para la presentación
de instancias.
CVE:
BOP-2025-229
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de enero de 2025
N.º 0012
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