Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2025-229)
BOP-2025-229 Bases generales y programa por los que se regirá el procedimiento para proveer una plaza de Administrador/a de Cementerio del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia (Personal Laboral Fijo) mediante el procedimiento de Oposición Libre (OEP 2024).
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La persona propuesta para la contratación presentará en el Registro General del
Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a
partir del siguiente al de la publicación del resultado final, los documentos acreditativos
de las condiciones de capacidad y requisitos que para tomar parte en la misma se
exigen en la base segunda de la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor no presentasen la
documentación o del proceso selectivo se dedujese que carecen de los requisitos
exigidos, no podrá ser contratada, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su
instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En este caso se efectuará
contratación a favor del siguiente según el orden de clasificación definitiva.
NOVENA.- LISTA DE ESPERA.
9.1.- Normas generales.
Se constituirá una lista de espera con los aspirantes que hayan aprobado al menos el
primer ejercicio de la fase de oposición. Las normas se regirán por lo previsto en el
artículo 29 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre. El orden de la lista vendrá
determinado por el de la puntuación alcanzada por los candidatos.
9.2.- Utilización de la lista.
En razón a la urgencia requerida para cubrir transitoriamente los puestos de trabajo
vacantes hasta su cobertura definitiva. Para contrataciones temporales con el objeto
de sustituir a trabajadores con derecho a la reserva del puesto, por acumulación o
exceso de tareas con el máximo permitido por la ley, o para ejecución de programas
temporales.
Igualmente para nombramiento de funcionarios interinos en cualquiera de las
modalidades previstas en el artículo 10.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del EBEP.
En estos supuestos la selección se realizará entre los aspirantes que integren la Lista
de Espera, por riguroso orden de puntuación, siempre que reúnan los requisitos
exigidos para el desempeño del puesto de trabajo.
9.3.- Forma del llamamiento.
El llamamiento se realizará a través del siguiente sistema:
- Contacto telefónico: se realizarán hasta 3 intentos diarios de llamada al
número facilitado durante dos días consecutivos contando con el día del
primer intento.
- Contacto a través de email: se remitirá correo el electrónico a la dirección de
email facilitada, debiendo ser contestado, aceptando o no la propuesta de
contratación, hasta el siguiente día hábil desde la remisión del email.
Los dos sistemas de contacto no son excluyentes. En caso de realizarse los dos
medios deben realizarse simultáneamente en los mismos días.
CVE:
BOP-2025-229
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de enero de 2025
N.º 0012
Pág. 1240
La persona propuesta para la contratación presentará en el Registro General del
Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a
partir del siguiente al de la publicación del resultado final, los documentos acreditativos
de las condiciones de capacidad y requisitos que para tomar parte en la misma se
exigen en la base segunda de la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor no presentasen la
documentación o del proceso selectivo se dedujese que carecen de los requisitos
exigidos, no podrá ser contratada, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su
instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En este caso se efectuará
contratación a favor del siguiente según el orden de clasificación definitiva.
NOVENA.- LISTA DE ESPERA.
9.1.- Normas generales.
Se constituirá una lista de espera con los aspirantes que hayan aprobado al menos el
primer ejercicio de la fase de oposición. Las normas se regirán por lo previsto en el
artículo 29 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre. El orden de la lista vendrá
determinado por el de la puntuación alcanzada por los candidatos.
9.2.- Utilización de la lista.
En razón a la urgencia requerida para cubrir transitoriamente los puestos de trabajo
vacantes hasta su cobertura definitiva. Para contrataciones temporales con el objeto
de sustituir a trabajadores con derecho a la reserva del puesto, por acumulación o
exceso de tareas con el máximo permitido por la ley, o para ejecución de programas
temporales.
Igualmente para nombramiento de funcionarios interinos en cualquiera de las
modalidades previstas en el artículo 10.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del EBEP.
En estos supuestos la selección se realizará entre los aspirantes que integren la Lista
de Espera, por riguroso orden de puntuación, siempre que reúnan los requisitos
exigidos para el desempeño del puesto de trabajo.
9.3.- Forma del llamamiento.
El llamamiento se realizará a través del siguiente sistema:
- Contacto telefónico: se realizarán hasta 3 intentos diarios de llamada al
número facilitado durante dos días consecutivos contando con el día del
primer intento.
- Contacto a través de email: se remitirá correo el electrónico a la dirección de
email facilitada, debiendo ser contestado, aceptando o no la propuesta de
contratación, hasta el siguiente día hábil desde la remisión del email.
Los dos sistemas de contacto no son excluyentes. En caso de realizarse los dos
medios deben realizarse simultáneamente en los mismos días.
CVE:
BOP-2025-229
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de enero de 2025
N.º 0012
Pág. 1240