Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2025-212)
BOP-2025-212 Publicación del Convenio suscrito entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y la Federación Regional de la Pequeña y Mediana Empresa de la Construcción y afines de Extremadura (PYMECON).
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CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FEDERACIÓN REGIONAL DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DE LA CONSTRUCCIÓN Y AFINES DE
EXTREMADURA (PYMECON) Y EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA PARA
EL AÑO 2024.
REUNIDOS
DE UNA PARTE: D. Fernando Pizarro García, con DNI xxxxxxxxx, como Sr. Alcalde
Presidente del AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA,
DE OTRA PARTE: D. Francisco Platero Daza, con DNI xxxxxxxxx, como Presidente
en funciones y Vicepresidente 1º en nombre y representación de la FEDERACIÓN
REGIONAL DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DE CONSTRUCCIÓN Y
AFINES DE EXTREMADURA (PYMECON) con CIF V10035699,
Reconociéndose las Partes en la representación que ostentan capacidad legal para
formalizar el presente convenio,
CONSIDERANDO
Primero.- Que el Excmo. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA desea participar
activamente en la Promoción de las actividades promovidas por la FEDERACÓN
REGIONAL DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DE CONSTRUCCIÓN Y
AFINES DE EXTREMADURA (PYMECON), para el desarrollo empresarial de la
ciudad, coadyuvando la creación de empleo, concretamente acciones formativas
propuestas para la mejora de la empleabilidad de los trabajadores del sector de la
construcción en situación de desempleo, así como para la cualificación de
trabajadores desempleados de otros sectores que deseen incorporarse al sector de la
construcción.
Son actuaciones incluidas en el Proyecto presentado de “Formación para la mejora de
la empleabilidad en montaje de prefabricados de hormigón” y todo ello en consonancia
con la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de
Extremadura donde se regula un sistema de competencias municipales propias que
permiten la puesta en marcha de políticas diferenciadas, así como facilitadoras de
prestación eficiente de servicios públicos a la ciudadanía.
Art. 15. Competencias propias de los municipios.
1. En dicho artículo se establece que “los municipios podrán ejercer las
siguientes competencias propias, que se despliegan sobre las siguientes
áreas de actuación municipal:
c) Área de Actividad y Promoción Económica.
En las materias o ámbitos de actividad y promoción económica, los municipios
dispondrán de las siguientes competencias:
CVE:
BOP-2025-212
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de enero de 2025
N.º 0011
Pág. 1071
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FEDERACIÓN REGIONAL DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DE LA CONSTRUCCIÓN Y AFINES DE
EXTREMADURA (PYMECON) Y EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA PARA
EL AÑO 2024.
REUNIDOS
DE UNA PARTE: D. Fernando Pizarro García, con DNI xxxxxxxxx, como Sr. Alcalde
Presidente del AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA,
DE OTRA PARTE: D. Francisco Platero Daza, con DNI xxxxxxxxx, como Presidente
en funciones y Vicepresidente 1º en nombre y representación de la FEDERACIÓN
REGIONAL DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DE CONSTRUCCIÓN Y
AFINES DE EXTREMADURA (PYMECON) con CIF V10035699,
Reconociéndose las Partes en la representación que ostentan capacidad legal para
formalizar el presente convenio,
CONSIDERANDO
Primero.- Que el Excmo. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA desea participar
activamente en la Promoción de las actividades promovidas por la FEDERACÓN
REGIONAL DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DE CONSTRUCCIÓN Y
AFINES DE EXTREMADURA (PYMECON), para el desarrollo empresarial de la
ciudad, coadyuvando la creación de empleo, concretamente acciones formativas
propuestas para la mejora de la empleabilidad de los trabajadores del sector de la
construcción en situación de desempleo, así como para la cualificación de
trabajadores desempleados de otros sectores que deseen incorporarse al sector de la
construcción.
Son actuaciones incluidas en el Proyecto presentado de “Formación para la mejora de
la empleabilidad en montaje de prefabricados de hormigón” y todo ello en consonancia
con la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de
Extremadura donde se regula un sistema de competencias municipales propias que
permiten la puesta en marcha de políticas diferenciadas, así como facilitadoras de
prestación eficiente de servicios públicos a la ciudadanía.
Art. 15. Competencias propias de los municipios.
1. En dicho artículo se establece que “los municipios podrán ejercer las
siguientes competencias propias, que se despliegan sobre las siguientes
áreas de actuación municipal:
c) Área de Actividad y Promoción Económica.
En las materias o ámbitos de actividad y promoción económica, los municipios
dispondrán de las siguientes competencias:
CVE:
BOP-2025-212
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de enero de 2025
N.º 0011
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