Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2025-171)
BOP-2025-171 Aprobación definitiva Modificación Presupuestaria N.º 9 /2024.
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Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con
sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del
presente acuerdo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, Reguladora
de las Bases de Régimen Local, la interposición del recurso previsto no suspenderá por sí sola
la efectividad del acto o acuerdo.
Aldeacentenera , 13 de enero de 2025
Francisco Muñoz Jiménez
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-171
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de enero de 2025
N.º 0010
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