Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-165)
BOP-2025-165 Convocatoria para la provisión mediante concurso oposición por promoción interna de plazas de personal operativo del SEPEI. Plan de ordenación de Recursos Humanos.
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5.5. El Tribunal calificador actuará con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica y sus
miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la
confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos
establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.
En el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se contengan en los manuales de
instrucciones que, en su caso, se dicten por el Área de Personal con el objeto de homogeneizar los criterios
de actuación aplicables en los distintos procesos selectivos.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración Provincial, aunque ésta, en su caso, pueda
proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso habrán de
practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal queda establecida en el Área
de Personal de la Diputación Provincial de Cáceres ubicada en el Palacio Provincial, en la Plaza de Santa
María s/n, de Cáceres.
SEXTA. Actuación de los aspirantes.
Habrá de adecuarse a la propia configuración del presente proceso selectivo.
SÉPTIMA. Sistemas de Selección.
7.1. El proceso de selección se realizará a través de la superación del curso selectivo y fase de concurso y se
ajustará a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pública de Extremadura.
7.2. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de dos fases:
A) Fase de Oposición a través de un Curso Selectivo: (60% de la puntuación total): 6 puntos en total.
B) Concurso: (40% de la puntuación total): 4 puntos en total.
7.3. El desarrollo de la fase de oposición se recogerá en el Anexo I de la presente convocatoria.
7.4. La Fase de Concurso, que será posterior a la Fase de Oposición, no tendrá carácter eliminatorio, y no
podrá tenerse en cuenta para superar la Fase de Oposición.
La valoración de los méritos o niveles de experiencia no supondrá más de un 40% de la puntuación máxima
alcanzable en el proceso selectivo, de acuerdo con los baremos que figuran a continuación, que se aplicarán a
los aspirantes del proceso selectivo.
Serán méritos puntuables a cada aspirante, los contraídos hasta el día de publicación del anuncio de la convo-
catoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en el proceso se-
lectivos, y que consten relacionados en el apartado correspondiente de la instancia.
A. Antigüedad (Máximo 2 puntos).
Por servicios prestados en la Excma. Diputación Provincial de Cáceres : 0,050 puntos por mes comple-
to.
No se podrán valorar servicios simultáneos, en el caso de que este hecho suceda, se valorarán los ser-
vicios que más beneficien a los/las interesados/as.
B. Formación (Máximo 2 puntos).
CVE:
BOP-2025-165
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de enero de 2025
N.º 0009
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miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la
confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos
establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.
En el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se contengan en los manuales de
instrucciones que, en su caso, se dicten por el Área de Personal con el objeto de homogeneizar los criterios
de actuación aplicables en los distintos procesos selectivos.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración Provincial, aunque ésta, en su caso, pueda
proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso habrán de
practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal queda establecida en el Área
de Personal de la Diputación Provincial de Cáceres ubicada en el Palacio Provincial, en la Plaza de Santa
María s/n, de Cáceres.
SEXTA. Actuación de los aspirantes.
Habrá de adecuarse a la propia configuración del presente proceso selectivo.
SÉPTIMA. Sistemas de Selección.
7.1. El proceso de selección se realizará a través de la superación del curso selectivo y fase de concurso y se
ajustará a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pública de Extremadura.
7.2. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de dos fases:
A) Fase de Oposición a través de un Curso Selectivo: (60% de la puntuación total): 6 puntos en total.
B) Concurso: (40% de la puntuación total): 4 puntos en total.
7.3. El desarrollo de la fase de oposición se recogerá en el Anexo I de la presente convocatoria.
7.4. La Fase de Concurso, que será posterior a la Fase de Oposición, no tendrá carácter eliminatorio, y no
podrá tenerse en cuenta para superar la Fase de Oposición.
La valoración de los méritos o niveles de experiencia no supondrá más de un 40% de la puntuación máxima
alcanzable en el proceso selectivo, de acuerdo con los baremos que figuran a continuación, que se aplicarán a
los aspirantes del proceso selectivo.
Serán méritos puntuables a cada aspirante, los contraídos hasta el día de publicación del anuncio de la convo-
catoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en el proceso se-
lectivos, y que consten relacionados en el apartado correspondiente de la instancia.
A. Antigüedad (Máximo 2 puntos).
Por servicios prestados en la Excma. Diputación Provincial de Cáceres : 0,050 puntos por mes comple-
to.
No se podrán valorar servicios simultáneos, en el caso de que este hecho suceda, se valorarán los ser-
vicios que más beneficien a los/las interesados/as.
B. Formación (Máximo 2 puntos).
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Verificable
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