Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Sierra de Gata. (BOP-2025-161)
BOP-2025-161 Bases convocatoria pruebas selectivas concurso-oposición Técnico/a Programa Prevención con familias y menores en riesgo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad de Municipios Sierra de Gata
Mancomunidad de Mancomunidad de la Sierra de Gata Pág.3 de 9
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
• Fotocopia del DNI.
• Fotocopia de la titulación requerida.
• Fotocopia de los documentos que acrediten la experiencia laboral y la
formación complementaria alegada por el/la candidato/a (contratos, vida
laboral, certificado servicios, cursos…).
• Justificante del pago de derecho de examen, que asciende a la cantidad de
10,00€, y que deberá ingresarse en la cuenta de la Mancomunidad ES49
2103 7704 5800 3000 0403.
• Fotocopia del permiso de conducir requerido.
QUINTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará
Resolución en el plazo de diez días naturales declarando aprobada la lista
provisiones de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el
tablón de edictos de la Mancomunidad y su página Web, se señalará el plazo de
tres días hábiles para subsanación de defectos, si fuera necesario.
Transcurridos el plazo de subsanación, por la Presidencia se aprobará la lista
definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de
edictos y en la sede la Mancomunidad y su página Web fijándose hora y lugar en
que habrá que realizarse la prueba selectiva.
SEXTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
El tribunal calificador se ajustará a lo establecido en el art. 60.2 de la Ley
7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público será designado
por la Presidencia y estará integrado por cinco miembros (una presidencia, tres
vocalías y una secretaría), designándose igual número de suplentes, y deberán
tener el mismo nivel de titulación o superior al requerido en la presente
convocatoria.
En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de
imparcialidad y de profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y
mujeres.
Su composición será la siguiente:
Presidente. Un/a Presidente titular y un/a suplente del Programa de Familia de la
MMSG.
Secretaria. Secretaria-Interventora de la Mancomunidad de Municipios, o
personal en quien delegue.
Vocales:
a) Un/a vocal titular y suplente de la Oficina de Igualdad de la MIMSG.
b) Un/a vocal titular y suplente del Programa de Familias de la MIMSG.
c) Un/a vocal titular y suplente designado por la Consejería de Salud y Servicios
CVE:
BOP-2025-161
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de enero de 2025
N.º 0009
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Mancomunidad de Mancomunidad de la Sierra de Gata Pág.3 de 9
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
• Fotocopia del DNI.
• Fotocopia de la titulación requerida.
• Fotocopia de los documentos que acrediten la experiencia laboral y la
formación complementaria alegada por el/la candidato/a (contratos, vida
laboral, certificado servicios, cursos…).
• Justificante del pago de derecho de examen, que asciende a la cantidad de
10,00€, y que deberá ingresarse en la cuenta de la Mancomunidad ES49
2103 7704 5800 3000 0403.
• Fotocopia del permiso de conducir requerido.
QUINTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará
Resolución en el plazo de diez días naturales declarando aprobada la lista
provisiones de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el
tablón de edictos de la Mancomunidad y su página Web, se señalará el plazo de
tres días hábiles para subsanación de defectos, si fuera necesario.
Transcurridos el plazo de subsanación, por la Presidencia se aprobará la lista
definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de
edictos y en la sede la Mancomunidad y su página Web fijándose hora y lugar en
que habrá que realizarse la prueba selectiva.
SEXTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
El tribunal calificador se ajustará a lo establecido en el art. 60.2 de la Ley
7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público será designado
por la Presidencia y estará integrado por cinco miembros (una presidencia, tres
vocalías y una secretaría), designándose igual número de suplentes, y deberán
tener el mismo nivel de titulación o superior al requerido en la presente
convocatoria.
En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de
imparcialidad y de profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y
mujeres.
Su composición será la siguiente:
Presidente. Un/a Presidente titular y un/a suplente del Programa de Familia de la
MMSG.
Secretaria. Secretaria-Interventora de la Mancomunidad de Municipios, o
personal en quien delegue.
Vocales:
a) Un/a vocal titular y suplente de la Oficina de Igualdad de la MIMSG.
b) Un/a vocal titular y suplente del Programa de Familias de la MIMSG.
c) Un/a vocal titular y suplente designado por la Consejería de Salud y Servicios
CVE:
BOP-2025-161
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de enero de 2025
N.º 0009
Pág. 835