Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Romangordo. (BOP-2025-154)
BOP-2025-154 Aprobación definitiva Ordenanza Convivencia Ciudadana.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Romangordo
EDICTO. Aprobación definitiva Ordenanza Convivencia Ciudadana.
Habiéndose expuesto al público el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión
de fecha 8 de noviembre de 2024, de aprobación inicial de la Ordenanza Municipal de
Seguridad y Convivencia Ciudadana en el Espacio Público del Ayuntamiento de Romangordo,
por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia 224, de fecha 19 de noviembre de 2024, y en el tablón de anuncios de
este Ayuntamiento que tuvo lugar con esa misma fecha, para que el mismo pudiera ser
examinado y poder presentar las reclamaciones y sugerencias que se considerasen oportunas.
Y resultando que, finalizado el referido plazo de exposición al público y audiencia previa, no se
ha presentado reclamación o sugerencia alguna, según consta en el certificado emitido por la
Secretaría municipal.
A la vista de todo ello se considera definitivamente aprobada la Ordenanza de conformidad con
lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local -LRBRL-, por lo que se procede a la publicación del texto íntegro de de la
Ordenanza que se transcribe en el Anexo al presente Anuncio, tal y como dispone el artículo
70.2 de la misma Ley.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento, de
conformidad con los 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo de Cáceres o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en
Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
CVE:
BOP-2025-154
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de enero de 2025
N.º 0009
Pág. 754
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Romangordo
EDICTO. Aprobación definitiva Ordenanza Convivencia Ciudadana.
Habiéndose expuesto al público el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión
de fecha 8 de noviembre de 2024, de aprobación inicial de la Ordenanza Municipal de
Seguridad y Convivencia Ciudadana en el Espacio Público del Ayuntamiento de Romangordo,
por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia 224, de fecha 19 de noviembre de 2024, y en el tablón de anuncios de
este Ayuntamiento que tuvo lugar con esa misma fecha, para que el mismo pudiera ser
examinado y poder presentar las reclamaciones y sugerencias que se considerasen oportunas.
Y resultando que, finalizado el referido plazo de exposición al público y audiencia previa, no se
ha presentado reclamación o sugerencia alguna, según consta en el certificado emitido por la
Secretaría municipal.
A la vista de todo ello se considera definitivamente aprobada la Ordenanza de conformidad con
lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local -LRBRL-, por lo que se procede a la publicación del texto íntegro de de la
Ordenanza que se transcribe en el Anexo al presente Anuncio, tal y como dispone el artículo
70.2 de la misma Ley.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento, de
conformidad con los 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo de Cáceres o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en
Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
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Verificable
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Miércoles, 15 de enero de 2025
N.º 0009
Pág. 754