Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Romangordo. (BOP-2025-154)
BOP-2025-154 Aprobación definitiva Ordenanza Convivencia Ciudadana.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Romangordo
EDICTO. Aprobación definitiva Ordenanza Convivencia Ciudadana.
Habiéndose expuesto al público el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión
de fecha 8 de noviembre de 2024, de aprobación inicial de la Ordenanza Municipal de
Seguridad y Convivencia Ciudadana en el Espacio Público del Ayuntamiento de Romangordo,
por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia 224, de fecha 19 de noviembre de 2024, y en el tablón de anuncios de
este Ayuntamiento que tuvo lugar con esa misma fecha, para que el mismo pudiera ser
examinado y poder presentar las reclamaciones y sugerencias que se considerasen oportunas.
Y resultando que, finalizado el referido plazo de exposición al público y audiencia previa, no se
ha presentado reclamación o sugerencia alguna, según consta en el certificado emitido por la
Secretaría municipal.
A la vista de todo ello se considera definitivamente aprobada la Ordenanza de conformidad con
lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local -LRBRL-, por lo que se procede a la publicación del texto íntegro de de la
Ordenanza que se transcribe en el Anexo al presente Anuncio, tal y como dispone el artículo
70.2 de la misma Ley.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento, de
conformidad con los 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo de Cáceres o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en
Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
CVE:
BOP-2025-154
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de enero de 2025
N.º 0009
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