Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Vera. (BOP-2025-33)
BOP-2025-33 Bases de concurso - oposición de Oficial de Primera de Obras Públicas y Servicios Múltiples como personal laboral fijo y Encargado/a Municipal por promoción interna.
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AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA VERA
PLAZA DE ANICETO MARINAS, 1-10470
VILLANUEVA DE LA VERA.
El sistema de selección será Concurso-Oposición libre, por el turno
de promoción interna.
SEGUNDO. Modalidad del Contrato
La modalidad del contrato es la de contrato laboral fijo a tiempo completo, regulada por lo
dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. La jornada de trabajo será de
treinta y siete horas y media semanales, el horario que deberá realizar el trabajador
seleccionado será el legalmente determinado por la Alcaldía en función de las necesidades
del servicio, ajustándose a las necesidades del mismo, sin perjuicio de la distribución
horaria establecida, incluyéndose de manera excepcional tardes, domingos y festivos Según
lo dispuesto en el artículo 14 Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se establece un
periodo de prueba de dos meses, durante los cuales la Alcaldía de este Ayuntamiento podrá
dejar sin efecto el contrato, mediante Resolución motivada y contratar al siguiente aspirante
por orden de puntuación, aplicándole también a éste lo establecido anteriormente sobre el
período de prueba y así sucesivamente.
TERCERO. Condiciones de Admisión de Aspirantes
1.-Para poder participar en los procesos selectivos es necesario reunir los siguientes
requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión
Europea, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de
Función Pública de Extremadura.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo que
por ley se establezca otra edad máxima para el acceso al empleo público.
d) Pertenecer a la Plantilla de Personal Laboral fijo con las denominaciones de oficial de
primera o de segunda o peón de servicios múltiples, y tener en ambos casos una antigüedad
en dicha categoría de, al menos, dos años.
e) Estar en posesión de la siguiente titulación: Título de Graduado en E.S.O. o equivalente
según planes anteriores de estudios. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación, además, se
adjuntará al título su traducción jurada.
f) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
g) Curso de tratamiento y depuración de aguas.
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Cód.
Validación:
56W33ELW5N6CDTQ7CE2QTFWZJ
Verificación:
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Viernes, 3 de enero de 2025
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