Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-6849)
BOP-2024-6849 Aprobación definitiva Presupuestos y Plantilla 2025.
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debiendo tener una presencia efectiva mínima en el Ayuntamiento de 2 horas diarias,
total de 10 horas semanales.
Las cantidades establecidas en los Presupuestos Generales del Estado determinarán,
anualmente, el límite máximo total que pueden percibir los miembros de las
Corporaciones Locales por todos los conceptos retributivos y asistencias, excluidos los
trienios a los que en su caso tengan derecho aquellos funcionarios de carrera que se
encuentren en situación de servicios especiales, atendiendo entre otros criterios a la
naturaleza de la Corporación local y a su población según la tabla anexa al artículo 75
bis.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
INDEMNIZACIONES POR ASISTENCIA A ÓRGANOS COLEGIADOS según
acuerdo adoptado por el Pleno en extraordinaria de fecha 27 de Junio de 2.023.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 75.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local, el importe de las indemnizaciones y
asignaciones a los miembros de la Corporación Municipal que no tengan reconocida
dedicación exclusiva o parcial, que constan a continuación, por los conceptos que
también se indican:
En concepto de asistencias por la concurrencia efectiva a cada una de las sesiones de
los órganos colegiados de la Corporación de los que formen parte percibirán:
 Por asistencia a las sesiones del Pleno: 20 euros.
 Por asistencia a la sesión de Comisión Especial de Cuentas: 20 euros.
 Por asistencia a la Junta de Gobierno Local: 60 euros.
En cualquier caso sólo se cuantificará una asistencia por día, con independencia del
número de sesiones o reuniones que se celebren
INDEMNIZACIONES POR ASISTENCIA POR PARTICIPACIÓN EN
TRIBUNALES DE OPOSICIÓN O CONCURSO U OTROS ÓRGANOS
ENCARGADOS DE LA SELECCIÓN DE PERSONAL y las
INDEMNIZACIONES POR DIETAS Y GASTOS DE VIAJE: Serán las fijadas en
las Bases de Ejecución del Presupuesto.
2º. Habiéndose aprobado en sesión extraordinaria de Pleno de este
Ayuntamiento, de fecha 3 de Diciembre de 2.024, la plantilla de personal para el
ejercicio 2.025, y de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo,
se sometió el expediente a información pública por plazo de quince días, mediante
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (nº 235, de fecha 4 de Diciembre de
2.024).
No habiéndose presentado reclamaciones se considera definitivamente aprobada.
CVE:
BOP-2024-6849
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 31 de diciembre de 2024
N.º 0251
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